www.nexotrans.com

Los transportistas, exentos de una PCR al viajar en ferry

jueves 19 de noviembre de 2020, 07:00h
Los pasajeros son los únicos obligados a llevar la prueba Covid
Los transportistas, exentos de una PCR al viajar en ferry

El próximo lunes 23 de noviembre entra en vigor la nueva medida del Ministerio de Sanidad que obliga a todos los pasajeros que pretendan acceder a España por vía marítima o aérea procedente de una país de riesgo a justificar que se ha realizado una prueba PCR en las últimas 72 horas. Sin embargo, según informa Fenadismer, Sanidad confirma que no será de aplicación a los conductores profesionales que viajen en transporte marítimo combinado, en régimen de ShortSea, acompañando al vehículo.

La patronal recuerda que, en la actualidad, hay miles de flujos de vehículos de transporte por carretera que regularmente (diaria o semanalmente) se realizan en parte por vía marítima entre España y varios de los países afectados por las exigencias y requisitos que en materia sanitaria prevé la Resolución del 11 de noviembre de 2020 de la Dirección General de Salud Pública. Así, hay tráficos diarios de camiones vía marítima con Marruecos, Argelia, Italia, Irlanda o Reino Unido, entre otros, desde puertos como Algeciras, Barcelona, Almería, Alicante, Valencia, Bilbao o Santander, lo que suponen la entrada a España de conductores de zonas o países de la Unión Europea o de terceros países incluidos en el Anexo II de la Resolución como zonas o países de riesgo.

Aclaración de la Resolución

Esta actividad y la multitud de las consultas que ha recibido por parte de las empresas transportistas, han hecho que Fenadismer solicitara una aclaración sobre el alcance de la Resolución por la confusión e incertidumbre que estaba originando en el sector del transporte internacional por carretera que habitualmente utiliza los ferrys en sus desplazamientos.

En respuesta, el Ministerio de Sanidad ha indicado, a través de la Subdirección General de Sanidad Exterior, que la Resolución va dirigida a los pasajeros y, por tanto, no afecta ni a las tripulaciones ni tampoco a los conductores de camión que vengan en los Ro-Ro, esto es, no a los conductores profesionales que viajan en transporte marítimo combinado, en régimen de ShortSea, acompañando al vehículo.

Para ello, se ha dado traslado de este hecho a Puertos del Estado y a los inspectores de Sanidad Exterior, en particular en Algeciras, dado que es allí donde más se produce este tipo de desplazamientos.