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El Tribunal Superior de Justicia anula, por sexta vez, Madrid Central

Sentencia susceptible de recurso de casación, en el plazo de 30 días, manteniéndose en funcionamiento hasta sentencia definitiva

lunes 08 de febrero de 2021, 07:00h
El Tribunal Superior de Justicia anula, por sexta vez, Madrid Central
Los empresarios alegaban en el recurso que se habían omitido los trámites esenciales señalados en su aprobación y haberse incumplido los principios recogidos en el Título III de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los magistrados anulan, por defectos formales y a petición de la Comunidad de Madrid, la ordenanza de movilidad sostenible aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria el 5 de octubre 2018, por la omisión del trámite de información pública, un requisito que se considera esencial, preceptivo e indispensable al tratarse de una de las principales manifestaciones del derecho que los españoles tienen a participar en los asuntos públicos, y que está reconocido en el artículo 23 de la Carta Magna. Así, quedan anulados los artículos de 21 a 25 de la citada ordenanza.