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Fenadismer divulga los datos de su Observatorio de la morosidad correspondientes al mes de febrero

viernes 06 de marzo de 2015, 01:00h
Los plazos de pago se ubican en 90 días de media, transgrediendo la Ley de morosidad un 75% de los clientes de los transportistas, y comprobándose un mantenimiento de los plazos de pago frente al mes previo.

La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) puso en marcha en julio de 2012 el Observatorio permanente de la morosidad y los pagos en el sector del Transporte por carretera, con el objetivo de conocer mes a mes la evolución de las formas y plazos de pago en el Sector, y por tanto, verificar el grado de cumplimiento de la legislación vigente en materia de morosidad en las relaciones comerciales, la cual establece que el plazo máximo de pago será de 30 días desde la fecha de prestación del servicio, ampliable a un máximo de 60 días si así lo establecen las partes.

Para la obtención de los resultados del Observatorio, Fenadismer, en colaboración con la Fundación Quijote para el Transporte lleva a cabo una encuesta muestral de carácter continúo bajo los siguientes parámetros:
- Ámbito poblacional: empresas transportistas titulares de vehículos pesados de servicio público de ámbito nacional.
- Ámbito temporal: encuesta permanente mediante procesado de carácter mensual.
- Diseño muestral: en torno a 800 empresas transportistas.
- Información solicitada: modalidades de pago y plazos de pago que perciben las empresas transportistas.

En relación a la encuesta llevada a cabo en el mes de febrero de 2015, los resultados obtenidos son los siguientes:
1. Modalidades de pago: el medio de pago preferido por los clientes de los transportistas es en primer lugar el confirming (43%), seguido del pagaré (un 32%), de la transferencia (un 23%), y el cheque (un 2%).
2. Plazos de pago: el 75% de los pagos que se realizan a las empresas transportistas por parte de sus clientes infringen la legislación vigente en materia de morosidad al superar el plazo máximo de 60 días a contar desde la realización del servicio no habiéndose producido variación respecto al mes anterior en el grado de incumplimiento de los plazos de pago, causándose un mantenimiento en los plazos de pago: así en el mes de febrero de 2015 el plazo medio de pago se situó en 90 días de media. Cabe recordar que en febrero de 2013 el Gobierno modificó la ley sobre morosidad mediante la publicación del Real Decreto ley 4/2013, estableciendo una nueva regulación de la morosidad en España, mediante la cual se señalaba la regla general de que el plazo máximo de pago debería ser de tan sólo 30 días naturales a contar desde la prestación del servicio, el cual podrá ser ampliado a un máximo de 60 días "si así lo hubieran pactado las partes".