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Los transportistas podrán diferir el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social durante 24 meses

lunes 07 de julio de 2008, 01:00h

La Seguridad Social ha dictado una Resolución por la que empresarios y trabajadores por cuenta propia del sector del transporte por carretera, tanto de viajeros como de mercancías, podrán retrasar el pago de las cotizaciones durante 24 meses. Esto significa que las cuotas correspondientes al período de liquidación de junio 2008 a mayo 2009, deberán ingresarse mensualmente entre julio de 2010 y junio de 2011. Esta medida no exime a las empresas de la obligación de descontar y retener la aportación de los trabajadores y de ingresar las cuotas en el plazo reglamentario.

Los empresarios y los trabajadores autónomos del sector del transporte por carretera -CNAE 60212, 60213, 60230, 60241, 60242 y 60243- podrán solicitar el pago diferido de las cotizaciones en las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social.

La presente resolución desarrolla una de las 54 medidas del acuerdo que el Gobierno alcanzó el pasado mes con parte de las patronales del transporte con el fin de ayudar al sector ante la crisis que atraviesa, y que se adoptó en la reunión del Consejo de Ministros de los pasados 13 y 20 de junio.