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UN PASO ADELANTE

Fomento aprueba cuatro Ordenes Ministeriales que van cumpliendo con los acuerdos firmados con el Sector

Hacen referencia al abandono de la profesión, cláusula de revisión, a las autorizaciones y al cabotaje

jueves 31 de julio de 2008, 01:00h

La ministra de Fomento, Magdalena Álvarez, aprobó el pasado martes cuatro Órdenes Ministeriales, que introducen algunas modificaciones en el régimen que regula el transporte de mercancías por carretera, poniendo en práctica alguno de los acuerdos alcanzados con el Comité Nacional el pasado día 11 de junio.

Con la aprobación de estas Órdenes Ministeriales, el Ministerio de Fomento trata contribuir a superar las dificultades por las que atraviesa el Sector del transporte de mercancías por carretera, entre las que destaca primordialmente la subida del precio del gasóleo así como la caída de la demanda de transporte por el complicado momento económico que atraviesa la sociedad en su conjunto.

Detalle de las medidas

Mediante la primera de las referidas Órdenes se regulan las ayudas al abandono de la actividad de transportista por personas de edad avanzada. Se amplía el ámbito de aplicación de estas ayudas incluyendo a los mayores de 58 años, así como a aquéllos a quienes se haya declarado una incapacidad permanente absoluta.

La segunda establece, en el ámbito mercantil, cláusulas de actualización automática de los precios contractuales en función de la evolución del precio del gasóleo, así como para garantizar el cobro de los portes a los 30 días de la realización de los servicios. Sobre todo la primera medida confirma una de las reivindicaciones tradicionales del Sector, que reclamaba una acción similar a ésta desde el anterior conflicto del gasóleo, a finales de 2005. La cuestión que queda por dirimir es el porcentaje de contratos de transporte que se formalicen por escrito, que serían los únicos que admitirían esta cláusula.

La tercera Orden Ministerial flexibiliza el régimen de obtención y transmisión de las autorizaciones de transporte de mercancías, suprimiendo algunos requisitos.

Finalmente, la cuarta Orden Ministerial regula la realización de transportes internos o de cabotaje en España por transportistas no residentes, determinando los casos en que puede realizarse de acuerdo con la interpretación que se está mantenido a nivel europeo, y que ha sido recientemente modificada.