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Casi 9,2 millones en ayudas al abandono de la actividad para este 2018
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Casi 9,2 millones en ayudas al abandono de la actividad para este 2018

lunes 12 de marzo de 2018, 07:00h

Con fecha 9 de marzo, se publicó en el BOE el extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, por la que se convocan ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad en 2018, tal y como informa Guitrans. Las bases reguladoras de estas ayudas están recogidas en la Orden FOM/3218/2009, de 17 de noviembre (BOE, 30 de noviembre), modificada por la Orden FOM/2835/2012, de 17 de noviembre (BOE, 1 de enero de 2013) y por la Orden FOM/64/2017, de 30 de enero; y se regula la tramitación electrónica de los procedimientos (BOE de 2 de febrero de 2017).

La dotación económica máxima es de 9,33 millones de euros, distribuidos entre un importe máximo de 9,18 millones para los beneficiarios resultantes recogidos en la Resolución de otorgamiento y un importe máximo de 150.000 euros para pagar los potenciales recursos estimatorios interpuestos contra dicha Resolución. En 2017, la cuantía máxima fue ligeramente superior (9.540.000 euros).

Las ayudas, de hasta 30.000 euros, se pueden solicitar hasta el 9 de abril

Requisitos

1.- Tener una edad superior o igual a 64 años o haberle sido declarada una incapacidad permanente absoluta o total.

2.- Ser titular de forma ininterrumpida, durante los últimos 10 años, de un máximo de tres autorizaciones de transporte público de mercancías para vehículo con capacidad de tracción propia. Durante este periodo, deberán haber sido titulares, en todo momento, de al menos una autorización no suspendida de las indicadas, permitiéndose únicamente una sola interrupción en dicha titularidad por un plazo que no supere tres meses. La autorización que dé lugar al otorgamiento de la ayuda deberá estar en vigor hasta el momento de la renuncia para el cobro de la subvención.

3.- Estar dado de alta en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social, de forma ininterrumpida los últimos 10 años, permitiéndose únicamente una sola interrupción por un plazo que no supere tres meses. En los supuestos de solicitantes afectados por una incapacidad permanente absoluta o total, el referido plazo de 10 años se computará desde que está les hubiese sido reconocida.

4.- Comprometerse a abandonar la actividad de transporte público en nombre propio, renunciando a todas las autorizaciones de que fuera titular.

5.- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

6.- No haber desaprovechado otras ayudas por el abandono de la actividad que le hubieran sido otorgadas por el Ministerio de Fomento en los tres años anteriores, por haber renunciado a ellas o no haber aportado la documentación necesaria para su cobro.

7.- Podrán ser beneficiarios los transportistas que, reuniendo los demás requisitos, hubieran constituido una sociedad mercantil unipersonal que fuera titular de la autorización de transporte público de mercancías siendo el beneficiario el único socio.

Las solicitudes y tramitación de los expedientes de abandono de actividad deberán efectuarse, de forma telemática, a través de la sede electrónica del Ministerio de Fomento en la siguiente dirección: https://sede.fomento.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELLANO/OFICINAS_SECTORIALES/TTE_CTRA/AYUDAS/AYUDAS_ABANDONO/

Por su parte, Fenadismer recuerda que el Ministerio de Fomento ha planteado la posible supresión de estas ayudas a partir del próximo año 2018 debido a la nueva regulación de acceso al Sector, consecuencia de la reciente sentencia del Tribunal Europeo. Sin embargo, la Federación va a plantear el mantenimiento de las Ayudas al Abandono de la Actividad durante los próximos años por el carácter social que estas ayudas implican, así como por el carácter de actividad penosa y peligrosa que el transporte por carretera representa, en especial para los profesionales de edad avanzada que continúan en la actividad.

La subvención a conceder por el Ministerio de Fomento se calcula del siguiente modo: por la autorización o autorizaciones de transporte público, 30.000 euros. Además, para transportistas con edad inferior a 65 años, 5.300 euros adicionales por cada semestre completo hasta cumplir los 65 años.

La fecha límite para presentar las solicitudes será el 9 de abril de 2018.