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ASTIC APLAUDE LA DECISIÓN DE LOS EUROPARLAMENTARIOS EN LA COMISIÓN DE TRANSPORTES

La DDT no es aplicable los conductores de transporte internacional por carretera

miércoles 06 de junio de 2018, 07:00h

La Asociación de Transporte Internacional de Carretera (Astic) valora positivamente el resultado de la votación realizada en la Comisión de Transportes del Parlamento Europeo (EP TRAN), que con 27 votos a favor y 21 en contra, ha aprobado la enmienda número seis de las que se habían presentado, por la cual proponen dejar excluido, de forma general, al transporte internacional por carretera y el tránsito a través de países de la UE, de la aplicación de la Directiva de Desplazamiento de Trabajadores, y también para las operaciones de cabotaje, en tanto no se apruebe la ley especial incluida en el Paquete de Movilidad.

La DDT no es aplicable los conductores de transporte internacional por carretera
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Astic ha promovido en Europa, junto a casi una treintena de asociaciones europeas del Sector, la postura de que los conductores de transporte internacional no son trabajadores desplazados, sino que sencillamente se desplazan por diferentes países cuando realizan su actividad a lo largo del continente, y que la DDT es una directiva pensada para otros sectores (como la construcción por ejemplo), en los que sí se da ese fenómeno de desplazamiento, por periodos prolongados, de trabajadores contratados en un Estado para realizar su función en otro Estado miembro de la UE, algo muy distinto a lo que les sucede a los conductores de transporte internacional, caracterizados por la alta movilidad de su labor que les lleva a tener que cruzar varias fronteras en un solo día.

Los conductores de transporte internacional no son trabajadores desplazados, sino que sencillamente se desplazan por diferentes países

Simplificación

Astic incide en que la solución de los innegables problemas derivados de las diferencias fiscales y laborales entre estados de la UE en este Sector no debe suponer una maraña normativa tendente a obstaculizar la esperada construcción del espacio único europeo. La aplicación práctica de la directiva ha demostrado ya que genera una gran carga burocrática y un enorme caos normativo, que ha colocado a empresas y trabajadores en una posición de indefensión jurídica, ya que el Sector trata en Europa con hasta 20 legislaciones nacionales diferentes y hasta 50 niveles de salario mínimo, lo que supone una repercusión especialmente negativa en las empresas de transporte que tienen alcance paneuropeo y trabajan con clientes de múltiples nacionalidades.

“Valoramos positivamente el resultado, ya que es un primer paso para que en Bruselas se comprenda la especial situación del transporte por carretera. La transposición de esta directiva en diferentes países ha sido abordada siempre con ópticas proteccionistas, buscando entorpecer la libre circulación de personas y mercancías por Europa, lo cual, sin duda, va en contra del espíritu de la UE. Cualquier traba que se le ponga a la movilidad internacional va contra los intereses de las empresas exportadoras y de las empresas que les prestan servicio de transporte, muy en particular las españolas, que se encuentran entre las más importantes de la UE”, ha declarado Ramón Valdivia, director general de Astic.