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Máxima sanción a las Concesionarias de la AP-6, AP-51 y AP-61

jueves 22 de noviembre de 2018, 07:00h
Las nevadas del 5 de enero paralizaron las autopistas de peaje causando numerosos perjuicios.
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Las nevadas del 5 de enero paralizaron las autopistas de peaje causando numerosos perjuicios.
El Ministerio de Fomento ha resuelto sancionar, conjuntamente, a Castellana de Autopistas, Sociedad Anónima Concesionaria del Estado e Iberpistas, Sociedad Concesionaria del Estado, con una multa de 15.000 euros, en atención a los daños y perjuicios producidos en las fuertes nevadas de enero y por la grave infracción del artículo 41.3 l) de la Ley 37/2015 de Carreteras del 29 de septiembre.

Los hechos que constituyen el motivo de la sanción son la negligencia de las sociedades concesionarias en la prestación de servicios a los usuarios, con consecuencias graves para la circulación en las fuertes nevadas del día 5 al 8 de enero de 2018. Desde Fomento consideran que hubo una “inadecuada gestión de las restricciones del tráfico, mala transmisión de información a los usuarios e insuficiencia de medios para asegurar la circulación de los vehículos”.

Se está estudiando la construcción de aparcamientos de vialidad invernal a cargo de las concesionarias

Por otro lado, en la última reunión del Consejo de Ministros del 8 de noviembre, se ha aprobado el Real Decreto-ley 18/2018 sobre medidas urgentes en materia de carreteras. Esta normativa introduce en nuestro ordenamiento jurídico la categoría de infracción “muy grave” para sancionar a las sociedades concesionarias cuando ocasionen un perjuicio significativo a los usuarios.

Se está estudiando, por ejemplo, la construcción de aparcamientos de vialidad invernal o la disposición de pasos de mediana móviles. Las inversiones adicionales asociadas a estas medidas se incluyen dentro del deber de conservación que le corresponde al concesionario y estaría obligado a ejecutarlas a su costa en cumplimiento de la Ley de Autopistas y el pliego general de autopistas.