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Imagen de archivo de una jornada formativa de Grupo Fortrans.
Imagen de archivo de una jornada formativa de Grupo Fortrans.

Fortrans, satisfecha cambios del CAP aparecidos en ROTT

La dinámica actual que rodean los cursos obligatorios del CAP empujaban a que la normativa reguladora se modificase

miércoles 17 de abril de 2019, 07:00h
Hace un año, Grupo Fortrans, empresa de formación de conductores profesionales, presentó al Subdirector General de Ordenación y Normativa, Emilio Sidera, un documento propuesta para la modificación completa del Real Decreto 1032/2007 regulador del CAP en España. Tras ocho años de la entrada en vigor de la normativa CAP para los conductores profesionales para el sector del Transporte de mercancías por carretera, la dinámica actual que rodean los cursos obligatorios del CAP empujaban a que la normativa reguladora se modificase, en pro de actualizarla y acompasarla en beneficio del sistema de impartición de estos cursos dirigidos a los conductores profesionales.

La normativa debía actualizarse y acompasarse, en beneficio del sistema de impartición de los cursos dirigidos a los conductores profesionales

Siendo la primera entidad en España, reconocida por fabricantes líderes en vehículo industrial e industria auxiliar a través del Programa Multiespecialización pionero en España, en presentar una propuesta completa de modificación de la normativa reguladora en España del CAP, ya se advirtió con el tiempo, desde su entrada en vigor, cómo han habido determinados aspectos del sistema CAP que se han desvirtuado por su mala práxis, por lo que se proponían una serie de cambios dirigidos a ayudar a que los objetivos CAP sean un instrumento de posicionamiento de las empresas españolas del sector del transporte al profesionalizar a sus conductores.

Pues bien, el pasado 20 de febrero se publicó en el Boletín Oficial del Estado la modificación del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres, en cuya compilación incluyó entre los Anejos una modificación parcial de la normativa CAP, incluyendo muchas de las propuestas que se recogían en el informe entregado a la Dirección General. De ahí el agradecimiento que Grupo Fortrans realiza, tanto como empresa participante del proceso de cambio, pero también como colectivo de centros de formación para el transporte y la logística. Se indica a continuación las novedades que mejoran el sistema CAP en España:

• Los cursos impartidos por un centro autorizado deberán ajustarse a un modelo previamente homologado sin que el mismo caduque, en tanto no se modifique el contenido o características del curso. Cuando una misma persona física o jurídica fuese titular de diversos centros autorizados, podrá impartir en todos ellos los cursos que le hubieran sido homologados a cualquiera de los mismos, sin necesidad de una nueva homologación.

• Los centros autorizados deberán comunicar por vía telemática al órgano competente en el territorio en que se ubiquen, cada curso que vayan a realizar con una antelación de 10 días sobre el curso y de 24 horas a su inicio sobre los alumnos que lo cursen.

• La inasistencia de un alumno sin causa justificada, detectada durante la realización de una visita de inspección, dará lugar a que el órgano competente acuerde la falta de validez del curso para ese alumno mediante resolución expresa.

• El centro de formación solicitante deberá acreditar que dispone de unos locales abiertos al público que resulten idóneos para la práctica docente y que dispongan de un sistema de control de acceso biométrico digital que cumpla las características que determine la Dirección General de Transporte Terrestre con el fin de facilitar el control de asistencia a los cursos que se impartan, tanto en la parte de formación impartida en aula como de la impartida a bordo de un vehículo.

• Cuando un alumno deje de asistir, por cualquier causa, a un 5% o más de las horas del curso, deberá ser excluido de este.

La tarjeta de cualificación CAP se expedirá con un período de vigencia máximo de cinco años. El órgano competente procederá a sustituir la referida tarjeta por otra de idéntica duración cada vez que el conductor acredite haber superado un curso completo de formación continua, conforme a lo previsto en este real decreto, dentro de los doce meses anteriores, previa comprobación de que su permiso de conducción se encuentra vigente. La expedición de una nueva tarjeta de cualificación del conductor requerirá la retirada de la anterior.

Cantera de conductores

Para Grupo Fortrans, “con estos cambios se logra satisfacer las necesidades tanto de los conductores profesionales en activo como de una mayor y deseable cantera de conductores profesionales jóvenes que erradique la escasez con la que se vive actualmente”.