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Distintivo para la parte delantera de los VTC, en Galicia.
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Distintivo para la parte delantera de los VTC, en Galicia.

Los VTC autorizados en Galicia deben identificarse con un distintivo obligatorio

jueves 23 de mayo de 2019, 07:00h
Los vehículos de alquiler con conductor (VTC) autorizados en Galicia deben identificarse con el distintivo obligatorio, desde el pasado 22 de mayo. Esta medida está enmarcada en la Ley 4/2013, de 30 de mayo, de transporte público de personas en vehículos de turismo de Galicia, con el fin de garantizar la seguridad jurídica de los sectores del taxi y de los vehículos VTC, a través de la diferenciación entre ambas categorías.

La regulación tiene como finalidad velar por la calidad del servicio que reciben los usuarios y evitar prácticas fraudulentas

La regulación tiene como finalidad velar por la calidad del servicio que reciben los usuarios y evitar prácticas fraudulentas, así como la competencia desleal entre los dos colectivos. Los vehículos VTC deben portar un distintivo que consiste en un autoadhesivo tanto en la parte delantera como en la trasera. La numeración y año que figuran en el distintivo de la delantera hace referencia al mes y al ejercicio en los que el titular deberá proceder al próximo visado del título administrativo habilitante.

Colocación de los distintivos

Los distintivos deben colocarse en la parte superior derecha de la luna delantera y en la parte inferior izquierda de la luna trasera del vehículo, respectivamente, de forma que resulten visibles desde el exterior sin interferir, en ningún caso, la visibilidad del conductor. Estas identificaciones se emiten junto con el otorgamiento de nuevas autorizaciones VTC, relevo de vehículos, o visado periódico, después del pago de la tasa correspondiente, cuyo justificante debe presentarse, a través de los formularios, en la Sede electrónica de la Xunta o en la aplicación SitranGestión.