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UITA hace un llamamiento para impugnar artículos del ROTT
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UITA hace un llamamiento para impugnar artículos del ROTT

La reforma del ROTT está dando muchos quebraderos de cabeza a la pequeña empresa y a los autónomos del Sector

martes 07 de enero de 2020, 07:00h
"Por iniciativa de varios transportistas afectados por el nuevo articulado del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT), se crea la Plataforma por la Reforma del ROTT. Esta plataforma nace con el objetivo de realizar las reclamaciones precisas ante los órganos que correspondan para que los siguientes puntos de la norma queden impugnados:

1. Requisito de honorabilidad: la norma establece que, por la comisión de tres cualquiera de las sanciones calificadas como graves en un periodo de 365 días, la Administración puede quitar la honorabilidad a un gestor de transporte y a todos sus directivos. Consideramos que esta fórmula da lugar a que se pueda paralizar desproporcionadamente una empresa sin saber en beneficio de quién, pero en perjuicio del transportista seguramente. La norma que proponemos impugnar permite que el requisito de la honorabilidad pueda perderse en el trascurso de una semana con las consecuencias que indicamos.

2. Capacitación: según la nueva redacción del artículo 113.1 a), sólo será posible realizar las labores de gestor de transporte a través de un particular si se encuentra en situación de alta en el régimen de la Seguridad Social a tiempo completo; sólo en caso de que se encarge un familiar se admite que este esté dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Consideramos que esta cuestión es contradictoria con la legislación laboral, que admite la contratación a tiempo parcial para cualquier actividad y además en función de las necesidades de la empresa. Mientras la legislación laboral es flexible, en el nuevo ROTT se aplica tabla rasa por imposición, obligando a formalizar contratos muy gravosos, en muchos casos incompatibles con las condiciones económicas de muchas empresas en estos tiempos.

Más del 80% de los profesionales de este Sector son autónomos

Más del 80% de los profesionales de este Sector son autónomos. A los problemas propios del autónomo, se unen en este sector otros graves problemas estructurales y endémicos, principalmente relativos a los aspectos fiscales y laborales. Pero esta cuestión para los legisladores de transporte no parece ser importante. Las empresas de transporte de hasta 5 camiones tienen muy difícil poder soportar un contrato de esas características, y mucho menos el autónomo, que sólo posee un camión. Hay que recordar al Ministerio de Fomento que el 87% de los transportistas españoles son pequeñas empresas y autónomos.

De este total, el 35% son pequeñas empresas (tienen entre 2 y 5 camiones), y el otro 52% son autónomos con un único camión. Desde UITA queremos pensar que las legislaciones se deben adaptar a la realidad de los ciudadanos, que el Ministerio parece estar ignorando para, parece, otorgar privilegios a una parte del sector bastante inferior. Si una empresa no puede soportar los costes que provocarán estas imposiciones, se le estará expulsando del mercado. La legislación debería ser acorde con la realidad y, sobre todo, tener en cuenta la situación de un sector que requiere de una gran inversión para la entrada y que no tiene salida viable.

En UITA hemos hecho los deberes, y conocemos la gravedad de esta reforma, que va a afectar al 15% de empresas transportistas que cumplen el requisito del gestor de transporte mediante otra persona contratada conforme a la legislación anterior. Esta nueva legislación hecha a la medida de algunos lobbies del sector por el Ministerio de Fomento, no respeta la realidad, se implanta con carácter retroactivo y perjudicará a todos aquellos que ahora cumplen la legislación anterior. Por eso nos preguntamos ¿qué se pretende con este reglamento? ¿Contentar a una minoría de empresarios concediéndoles privilegios, como siempre a costa de pisotear a otros? Creemos que el Gobierno tiene que respetar a aquellos que vienen desarrollando su trabajo de acuerdo a la legislación anterior y en las condiciones con las que fueron autorizados en su día, ya que fue la propia Administración la que permitió esas condiciones".