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La Xunta de Galicia crea medidas obligatorias para el transporte público

Previamente, fueron trasladadas a las Federaciones de Transporte de Pasajeros y publicadas en el Diario Oficial de Galicia

lunes 23 de marzo de 2020, 07:00h
La Xunta de Galicia crea medidas obligatorias para el transporte público
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El Diario de Galicia ha publicado La Orden de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad, por la que se adoptan medidas de carácter obligatorio en relación con el Covid-19, en el ámbito de los servicios de transporte público regular interurbano de viajeros.Esta orden fue previamente trasladada a las Federaciones de Transporte.
Se utilizará preferentemente como medio de pago la tarjeta de transporte de Galicia (TMG) y las tarjetas equivalentes integradas
Las medidas son complementarias a las establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 y se establecen medidas dirigidas a limitar la movilidad de los ciudadanos y, al mismo tiempo, garantizar la prestación de los servicios de transporte público que permitan la posibilidad de los ciudadanos de realizar desplazamientos vinculados a las actividades expresamente previstas.
Y son medidas, al mismo tiempo, derivadas del acuerdo del Consejo de la Xunta del pasado viernes, 13 de marzo, por lo que se declara la emergencia sanitaria en Galicia.
La Xunta de Galicia le trasladó previamente a la publicación a las federaciones de transporte de pasajeros de Galicia, las medidas de prevención contra el coronavirus en los servicios colectivos. La consejería de Infraestructuras y Movilidad, Ethel Vázquez, mantuvo un encuentro con un representante de cada una de las 4 patronales que agrupan las empresas del sector en Galicia: Fegatravi, Transcagar, Fegabús y Anetra.
La orden contiene medidas acordadas por el Centro de Coordinación Operativo, con la finalidad de facilitar la merma en la movilidad de la población, sin perjuicio de mantener un mínimo de servicios que facilite la movilidad de aquellos ciudadanos que deban desplazarse teniendo en cuenta las normas de pevención establecidas.
  1. En primer lugar, la oferta de servicios de transporte público deberá limitarse al 50% del total. Los servicios de transporte prestados bajo demanda mantendrán su oferta íntegra, de forma que se realizarán únicamente cuando exista reserva previa por parte de personas usuarias.
  2. Durante la situación de estado de alarma, los servicios de transporte público se prestarán con las condiciones estipuladas para los días “no lectivos”.
  3. La oferta de plazas en los vehículos se limitará a la mitad de su capacidad, debiendo garantizar que no se ocupe más de un asiento de la misma fila, ni asientos contiguos de la misma fila. En los vehículos con plazas de pie, la ocupación de la superficie destinada para estas personas debiera ser, cuando menos, de un metro cuadrado por viajero.
  4. Las empresas concesionarias de los servicios de transporte darán la máxima información a los usuarios sobre la oferta de servicios: todos los vehículos portarán carteles informativos sobre las medidas preventivas.
  5. Finalmente, en los servicios de transporte público regular interurbano de viajeros de uso general que se desarrollen en las áreas de transporte metropolitano de Galicia (A Coruña, Ferrol, Lugo, Santiago de Compostela y Vigo), se utilizará preferentemente como medio de pago la tarjeta de transporte de Galicia (TMG) y las tarjetas equivalentes integradas (TMG Xente Nova, Millenium y Ciudadana).