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Castilla y León reduce su transporte al 25%

La Junta ha reducido un 75% el servicio de transporte de viajeros por carretera, interurbano y metropolitano

miércoles 01 de abril de 2020, 07:00h
Castilla y León reduce su transporte al 25%
La Junta de Castilla y León ha resuelto una Orden, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León, en la que su oferta de servicios se reduce en un setenta y cinco por ciento, sobre la oferta total de servicios existentes en sus respetivos contratos concesionales, de manera que quede en el veinticinco por ciento.
Pero asegura la prestación de los servicios en las franjas horarias necesarias, para garantizar que los ciudadanos puedan acceder a sus puestos de trabajo y los servicios básicos.
Estas medidas permanecerán hasta que cese el estado de alarma
A los efectos del cumplimiento de las obligaciones del operador previstas en el apartado 2.g) del artículo 14 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, en ningún caso podrá ocuparse más de un cuarto de las plazas disponibles en cada uno de los vehículos, no se podrá ocupar más de un asiento de la misma fila, ni más de un ocupante en las filas de asientos enfrentados. La ocupación de los viajeros será en zigzag en los extremos (ventana) de cada fila.
Se atribuye, además, a las autoridades locales el transporte urbano, y se recomienda a dichas autoridades locales que procedan a la reducción de dicho transporte en el setenta y cinco por ciento, quedando en el veinticinco por ciento de servicios, garantizando que los ciudadanos puedan acceder a sus puestos de trabajo y los servicios básicos en caso necesario.
Deberán así mismo, cumplirse las medidas de limpieza y desinfección de vehículos e infraestructuras establecidas por la Orden FYM 298/2020, de 12 de marzo de 2020, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, por la que adoptan medidas de carácter obligatorio en relación con el Covid-19, así como todas aquellas otras medidas preventivas adoptadas por la autoridad sanitaria.
Respecto del transporte urbano e interurbano de viajeros en automóviles de turismo (servicio público de taxi), las autoridades municipales autorizantes de las licencias, cuidarán de que los titulares de las licencias adopten medidas de limpieza y desinfección en los términos establecidos en la Orden FYM 298/2020, de 12 de marzo de 2020, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, por la que adoptan medidas de carácter obligatorio en relación con el Covid-19, adaptadas a las características y circunstancias de estos vehículos.
Estas medidas permanecerán hasta que cese el estado de alarma.