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"Queremos prolongar los Ertes más allá del 30 de septiembre"

'Queremos prolongar los Ertes más allá del 30 de septiembre'

Organizado por Auren, en colaboración con Anetra

lunes 06 de julio de 2020, 07:00h
El pasado sábado 27 de junio se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-Ley 24/2020 por el que regula la nueva normativa de aplazamiento de los Ertes y de las medidas de cese de actividad para el colectivo autónomo. Estas medidas sociales de protección del empleo y de competitividad del sector industrial estarán en vigor hasta el próximo 30 de septiembre, si bien su articulado genera mucha inquietud y dudas entre los empresarios de las Pymes del Sector del transporte discrecional turístico y regular de uso especial. Es por ello que Anetra, de la mano del despacho Auren, han expuesto las novedades normativa desde un punto de vista eminentemente práctico, y han resuelto todas aquellas dudas que les han surgido a los asistentes a la jornada en streming, del pasado viernes 3 de julio.

“Nosotros queríamos que se ampliasen hasta marzo de 2021"

En este sentido, se incrementa el beneficio de cotización para las empresas y entidades que, a 30 de junio de 2020, continúan en situación de fuerza mayor total, así como para las empresas y entidades que soliciten un expediente de regulación temporal de empleo ante la imposibilidad de desarrollar su actividad con motivo de la adopción de nuevas restricciones o medidas de contención como consecuencia de un eventual agravamiento de la pandemia provocada por la Covid-19.

El webinar fue iniciado por Luis Ángel Pedrero, presidente de Anetra, Lcdo. en económicas, director de la empresa Cartour (Pyme de segunda generación) y presidente de honor de GPN.

“Cuando el pasado sábado se publicaba que se prolongaban los ertes hasta septiembre, organizamos este webinar para responder a las preguntas de los empresarios del Sector, era algo muy necesario.” Además, añadió que “Nosotros queríamos que se ampliasen hasta marzo de 2021. Debemos considerar, además, como algo positivo que se incluya al transporte discrecional dentro del paquete de ayudas al sector turístico.”

El objetivo, por tanto, es continuar facilitando una transición adecuada que posibilite la recuperación gradual de la actividad empresarial y que se desarrolle de forma acompasada con la recuperación de la actividad económica general, contando, para ello, con el estímulo necesario.

En segundo lugar, intervino Juan Chozas, de Of-Counsel Auren Abogados y Asesores Fiscales,Inspector de Trabajo en excedencia, dedicado al mundo de las relaciones laborales con una larga carrera tanto en el sector público (fue Director General del INEM y Secretario General de Empleo y Relaciones Laborales), como en el privado (socio de varias firmas de abogados y director de RRHH).

Ha dividido en 3 fases, cómo ha vivido el Sector el estado de alarma:

1ª fase, inicio del estado de alarma: se establecieron medidas que implicaban restricciones muy severas, se negó la libertad de circulación, salvo para actividades muy concretas en el Sector, pero que chocaba con el cambio de restricciones entre provincias. El Sector transporte fue el primer afectado con el cierre de los colegios, sobre todo el discrecional. Esta fase es la que se identifica como una causa ajena por la decisión de los empresarios, aunque quieran trabajar, se tienen que ir a los ertes por fuerza mayor.

2ª fases de desescalada: se une además la desigualdad territorial ya que no se paliaron en todas las comunidades autónomas de la misma manera, a pesar de levantamientos parciales, que se correspondieron con una recuperación parcial de la actividad, esto hizo que se prorrogara los ertes por fuerza mayor.

3ª vuelta a la normalidad: desaparecen las restricciones legales, pero de igual manera, van apareciendo las dificultades económicas como la escasa demanda de los servicios que prestamos. Actualmente las organizaciones sindicales están trabajado para prorrogar los ertes de fuerza mayor más allá de septiembre”, explicó.

Además, ha señalado las consecuencias del confinamiento en la vida laboral, destacando:

  • Teletrabajo: "en algunas empresas ha aparecido como la cuadratura del círculo. Permitía seguir trabajando. Esto no es lo característico del Sector. Las preferencias del legislador del teletrabajo se asocian a esta legislación especial. Decaerá esta preferencia y pasará a ser una opción de acordar entre empresarios y trabajadores.Destacar, además, la distribución de los costes del teletrabajo".
  • Limitaciones con la norma: "El riesgo de la norma es que si no cumplimos podríamos a vernos obligado a devolver las ayudas recibidas. Esta el compromiso del mantenimiento del empleo: tendremos que mantener la empresa que haya realizado un erte de fuerza mayor y se haya beneficiado, deberá mantener el empleo un mínimo de 6 meses".
  • Ertes

" No se aplicaron las mismas medidas entre Comunidades Autónomas "

La tercera intervención fue de Ignacio Hidalgo, Socio Abogados y Asesores Fiscales de Auren, abogado y profesor asociado de la Universidad Carlos III de Madrid, especializado en derecho del trabajo desde hace 20 años, donde ha tenido la oportunidad de trabajar con empresas de todas las tipologías, tanto españolas como extranjeras. Autor de distintas publicaciones y colaborar habitual de entidades formativas en seminarios y cursos de su área de especialización.Trató en profundidad los Ertes.

Estas medidas respondían a un doble objetivo:

a) Establecer los mecanismos necesarios para que los procedimientos de suspensión o reducción de la jornada que resultan aplicables, conforme a la legislación vigente, tuviesen la agilidad necesaria para garantizar que las consecuencias socioeconómicas de la situación de emergencia sanitaria tuvieran el menor impacto posible en el empleo.

b) Proteger a las personas trabajadoras, tanto su salud y seguridad, conteniendo la progresión de la enfermedad mediante el confinamiento y otras medidas de contención, como garantizando el acceso a ingresos sustitutivos a todas aquellas personas trabajadoras que se vieran afectadas por los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE).

"El Erte es una de las figuras más utilizadas por las empresas para la gestión de la crisis del Covid-19"

"Lo destacable de los Ertes de fuerza mayor es que no se puede despedir a pesar del ERTE", declaró Hidalgo.

Asimismo señaló distintos puntos:

- Fuerza Mayor total VS Fuerza Mayor parcial: "son regulaciones distintas. Lo que se dice es, que las empresas que tengan limitaciones, pueden acudir a una vía concreta, la fuera mayor ya existía. Sin embargo, la fuerza mayor parcial se caracteriza porque se pueden realizar actividades, al menos parte de ellas, pero no en todos los ámbitos. Decreto 18/2020 y 24/2020 desconecta el estado de alarma a la fuerza mayor".
-Prolongación hasta el 30 de septiembre: "muchas patronales están intentando que haya una prolongación posterior, en la medida que las presiones se puedan hacer, de aquí a septiembre, será por el decreto ley. Si no hay un rebrote, no se podrá recurrir a la fuerza mayor, habría que recurrir al real decreto 14/2012, como el de marzo con excepcion de que tiene que haber in informe de inspección de trabajo. Aquellas empresas que estén en fuerza mayor, pueden seguir, las que estén parcial, no van a poder volver a fuerza mayor".
- Declaración responsable: "cada empresa la va ha realizar mensualmente en agosto y contará su situación, respecto a julio si se encuentra en erte mayor o en erte parcial, en el momento de que se vuelva, yo estoy en fuerza mayor parcial, si no acepte ninguno y nadie del sector ha vuelto, en la misma situación desde la fuerza mayor seguirá en total. Si yo des acepte a conductores, pasa a parcial. Con la declaración responsable es como se va a comunicar nuestra situación. Por parte de inspecciones de trabajo se ha venido a tomar en duda. La situación depende del centro de trabajo. La administración ha dicho que esto es posible, pero no la ley, en el momento que se reinicia se está en parcial. Seremos nosotros los que mensualmente con la declaración le digamos la situación. No se podrá sancionar pero sí en la inspección de trabajo no coincida y considere que es de forma parcial.
- Conexión Ertes de Fuerza Mayor y ETOP: "durante la tramitación de un erte de fuerza mayor podrá negociarse un erte por causas productivas, y que además se podrá concatenar el uno con el otro. Las ventajas que tiene es que hay una causa casi total de todas las empresas españolas. Esto permite que como son procesos productivos, se tienen que negociar con una comisión. Hasta el 30 de septiembre se podrá aplicar. Si hemos negociado un erte etop seguiremos hasta la duración que se le haya dado"
- Conexión ERTEs/ EREs: "la norma no establece una conexión del erte con el ere, pero esperemos que un Erte no acabe en Ere, hemos aconsejado a los empresarios que antepongan la vida de la empresa, y si no pueden mantener a toda la plantilla, que no les queda otra solución que el Ere."

- Prestaciones por desempleo: "estas se mantiene a cero hasta el 30 de septiembre y hasta el 31 de diciembre para los fijos discontinuos."

La vuelta a la normalidad puede no ser igual que antes del Covid-19. Esto, está generando incertidumbre en muchas empresas, por lo que, para finalizar el webinar, cada empresa recibió todo tipo de aclaraciones a sus dudas.