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La DGT ejecuta la sentencia sobre la autopista de peaje AP-68 en La Rioja

En la práctica sigue manteniendo la prohibición de circulación de camiones por la N-232

miércoles 02 de septiembre de 2020, 07:00h
Foto: Fenadismer.
Foto: Fenadismer.
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha ejecutado la sentencia que declara ilegal los desvíos obligatorios de los camiones a la autopista de peaje AP-68 en La Rioja, aunque en la práctica sigue manteniendo la prohibición de circulación de los camiones por la N-232 y su consiguiente desvío obligatorio a la autopista de peaje, según ha destacado la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer).
En diciembre de 2017 entró en vigor la Resolución de la Dirección General de Tráfico de 24 de noviembre de 2017 por la que se estableció por primera vez en las Restricciones anuales a la circulación de camiones la prohibición permanente de circulación en las carreteras nacionales N-232 y N-124 y su desvío obligatorio a la autopista de peaje AP-68, en concreto, más de 150 kilómetros de carreteras a su paso por la Comunidades autónomas de La Rioja y parte del País Vasco, afectando principalmente a los miles de transportistas que utilizan habitualmente dicha ruta para las conexiones entre el noroeste y el este peninsular.

Frente a ello, Fenadismer y las restantes asociaciones de transportistas que componen el Comité Nacional de Transporte por Carretera recurrieron judicialmente la Resolución de la DGT ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, órgano competente para conocer de dicha Resolución administrativa, el cual tres años después, ha resuelto decretando la nulidad de la misma "al carecer de cobertura legal" y "no constar los índices de siniestralidad o los de congestión" que motiven la Resolución aprobada en su día por la DGT.

La reacción de la DGT ha sido aplicar la sentencia "a su manera", como lo señala Fenadismer, ya que en su Resolución de 17 de agosto de 2020, publicada recientemente en el Boletín Oficial del Estado, la DGT ejecuta la referida sentencia revocando y anulando la Resolución anual de restricciones dictada en 2017, aunque ésta ya estuviera formalmente derogada en su día al ser sustituida por la Resolución de restricciones anuales del año siguiente. Esta "triquiñuela legal", según la Federación, supone en la práctica dejar sin efecto real la sentencia, por cuanto se sigue manteniendo vigente el desvío obligatorio de los camiones a la autopista de peaje, al venir recogido en la Resolución anual de restricciones a camiones para este año 2020.