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‘La legislación de Transportes también afecta al RACE y al auxilio en carretera’

Artículo de opinión de Emilio Domínguez del Valle, abogado, experto en movilidad y transportes, y asesor de la Alianza de Auxilio en Carretera

Nexotrans.com | Viernes 03 de marzo de 2023

“Tras meses de negociaciones infructuosas, se cumplen ya dos meses de conflicto entre las empresas de auxilio en carretera y el Real Automóvil Club de España (RACE), con el principal foco en el País Vasco, recientemente extendido a la provincia de Cádiz, donde también llevan un par de semanas enfrentados con los gruistas igualmente a consecuencia de la negativa de aquel a revisar al alza sus tarifas, que siguen sin alcanzan a cubrir los necesarios costes de explotación de los servicios, y por no indexar adecuadamente los incrementos en los precios de los carburantes.

A consecuencia de ello, las empresas de auxilio, sin dejar de atender ninguna asistencia que afecte a la seguridad vial a juicio de las autoridades, priorizan en la gestión cotidiana de los servicios aquellos que son rentables, postergando aquellos otros cuyos precios no cubren los costes, como los encargados por los conductores asegurados en pólizas a las que asiste el RACE.

Respecto a este asunto de la indexación (prevista en el Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo), la mayoría de las aseguradoras, clubes automovilísticos y plataformas de asistencia siguen sin cumplir adecuadamente dicha obligación, si bien es cierto que algunas, con base en otros conceptos, están ya incrementando sus tarifas para 2023.

‘Aunque algunas aseguradoras están subiendo tarifas, el RACE permanece ajeno a esta política’

No obstante, el RACE permanece ajeno a esta política y añade a sus bajos precios (apenas treinta euros por un servicio urbano de grúa), su contumacia en sostener que dicha legislación sobre indexación no es de aplicación al servicio de auxilio en carretera, al que no consideran actividad de transporte, pese a que exigen a sus proveedores el estricto cumplimiento del resto de la normativa sectorial. Derechos todos, pero obligaciones a la carta.

Respecto a dicha controversia particular que, en definitiva, gira en torno a si las cláusulas de indexación de los precios del transporte son o no aplicables a la actividad del subsector del transporte de auxilio en carretera, parece relevante dejar por sentados algunos aspectos.

Tres aspectos a considerar

En primer lugar, que como detonante del conflicto, el RACE remitió el pasado otoño una misiva extensamente difundida a sus proveedores, indicando que no aplicaría tal indexación a los transportes de auxilio en carretera sino solamente “su espíritu” (sic), procediendo a adaptar las fórmulas legales de revisión de precio a la baja y de modo sui géneris, como “ejercicio de responsabilidad” basándose “en los principios ilustrados” en la norma, porque (olvidando la máxima jurídica de que quien alega ha de probar) entienden que este servicio no es de transporte o se encuentra total o parcialmente afectado por unas actividades preparatorias y complementarias del transporte que no forman parte del servicio transporte y, por tanto, no darían derecho a tales percepciones.

En segundo lugar, que no existe ninguna excepción expresa en ninguna norma sobre la inaplicación a la actividad de auxilio de esta indexación, y, en tercer lugar, además, que al igual que el transporte desarrollado en el marco de una operación logística es indudablemente un servicio de transporte y su precio es el del transporte, carece de sustento jurídico defender que las actividades encuadradas en el marco de una operación de auxilio en carretera, recogidas en las condiciones generales del transporte, siquiera parcialmente puedan quedar fuera de la aplicación de las citadas reglas de indexación incorporadas en la Ley del contrato de transportes.

Más concretamente, de modo confuso el RACE ha intentado argüir que determinadas reglas dispuestas para la mejor gestión de la actividad de almacenista-distribuidor, como las preparatorias o complementarias del transporte y distribución de las mercancías almacenadas, eran las que debían de aplicarse a la actividad de auxilio en carretera, de modo que todo transporte o recorrido de una grúa que no se encuentre directamente recogiendo un vehículo averiado o siniestrado, fuese ajena a la actividad genérica y a la regulación sectorial del transporte por carretera.

‘Derechos todos, pero obligaciones a la carta’

Luego, la aplicación por el RACE, en el mejor de los casos, de coeficientes inferiores a los determinados en la legislación para la meritada indexación, termina por evidenciar el dislate de no aceptar la aplicación al auxilio del régimen legal de indexación, pero valerse del mismo para apañar subidas ‘ad hoc’ a proveedores previamente seleccionados, para así multiplicar el efecto desmembrados del ‘divide y vencerás’ en la amalgama en que consiste su red de proveedores.

En definitiva, es obvio que las empresas de auxilio en carretera son un tipo de empresas de transporte y se les aplican la legislación de transportes y las reglas de los contratos de transportes, así como las condiciones generales de contratación de los mismos, como una clase más de ellos, y, por tanto, donde se establecen reglas especiales para las operaciones de auxilio, carecen de sustento jurídico las argumentaciones de las compañías aseguradoras, clubes automovilísticos y plataformas de asistencia, en especial el RACE, sobre que los vehículos de auxilio que participan en operaciones de auxilio no están automáticamente afectados por la modificación de las reglas sobre indexación de los incrementos en el precio de los combustibles.

En ese estado de cosas, allí donde las empresas de auxilio han encontrado otras alternativas y cierta dignidad para empoderar sus negocios, se han dejado de atender con prioridad los servicios encargados por este automóvil club, ya que para muchos de sus proveedores éste lleva demasiados años atendiendo a una política comercial basada en precios cuasi predatorios, que descansa en suplir la calidad por la cantidad, hasta que ha llegado un momento crítico en el que eso tampoco ha resultado suficiente.

Lejos del acuerdo

Una vez abierto el conflicto, la utilización por el RACE de recursos humanos y materiales foráneos para atender demanda local, el uso de vehículos no aptos para la adecuada y segura prestación de los servicios y la mora acumulada en muchos de sus pagos, ha terminado de enconar los ánimos, sin que, a día de hoy, lamentablemente, se vislumbre una salida si no se producen mejoras suficientes al statu quo.

Por el contrario, es encomiable la actuación de las empresas de auxilio en carretera unidas para resolver de modo privado esta cuestión, sin revestirse del tan habitual victimismo o reclamación de la intervención favorable de las Administraciones competentes.

Dicho lo cual, ello no implica santificar a ninguna de las partes en este choque, ni tampoco demonizarlas, pues en honor a la razón, la vía del diálogo permanece siempre abierta, y se trata de buscar entre todos una solución pragmática y acertada que posibilite la viabilidad de toda la cadena de asistencia, siempre pensando en el mejor servicio al usuario. Sirvan, si acaso, estas líneas para ello”.

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