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El CNTC pide prorrogar la entrada en vigor de la modificación de las excepciones en el uso del tacógrafo

Miércoles 25 de marzo de 2009

El pasado diciembre, el Ministerio de Fomento elaboró un borrador de Real Decreto por el que se modificaba el Real Decreto 640/2007, de 18 de mayo, donde se establecen excepciones a la obligatoriedad de las normas sobre los tiempos de conducción y descanso y el uso del tacógrafo en el transporte por carretera.



El citado Reglamento contempla la posibilidad de que los Estados miembros puedan excluir de la aplicación de sus normas a los vehículos que circulen exclusivamente por islas cuya superficie no superen los 2.500 km² y que no estén unidas al resto del territorio nacional por ningún puente, vado o túnel.

La modificación del Real Decreto que propone Fomento consiste en limitar, aun más, la superficie de las islas exceptuadas de las normas sobre los tiempos de conducción y descanso y del uso del tacógrafo en el transporte por carretera, pasando de los 1.500 km² a los 250 km², de forma que quedarían incluidos todos los autocares que circulen en la mayoría de las islas de Canarias, Mallorca, Menorca e Ibiza.

En este sentido, el departamento de Viajeros del Comité Nacional del Transporte por Carretera ha enviado una carta a la Subdirección General de Ordenación y Normativa del Ministerio de Fomento en la que se solicita que la fecha de entrada en vigor de la nueva disposición prevista en el proyecto para el día 1 de enero de 2010, se posponga hasta el 1 de enero de 2012.

Esta petición se fundamenta en la necesidad de disponer de un mayor tiempo para adaptar vehículos, conductores y empresas a la instalación y uso del tacógrafo.