Los trabajadores autónomos, por sus características especiales, pueden sufrir ante situaciones de incapacidad temporal por accidente laboral condiciones de especial fragilidad en su núcleo familiar a causa de la pérdida de ingresos. Hay que tener en cuenta que la prestación económica del trabajador autónomo en situación de incapacidad temporal por accidente laboral es el 75% de la base reguladora del mes anterior al accidente.
Esta ayuda social, complementaría a las que se establecen por ley y pretende contribuir a paliar esta situación mediante una serie de medidas económicas orientadas a facilitar la contratación de un trabajador o la ampliación del horario de un trabajador ya contratado y así evitar el cierre del negocio. El objetivo principal es de que reducir al máximo la pérdida de ingresos del núcleo familiar, fomentar la facturación y mantener los clientes.
La ayuda será mensual y su cuantía se calculará en función del importe que justifique el trabajador como coste de la contratación. También se tendrá en cuenta la valoración de la situación sociofamiliar realizada por las trabajadoras sociales.
El importe máximo será de 884,4€ mensuales durante un máximo de 12 meses en el caso de contratar a otro autónomo o el correspondiente al salario mínimo para el sector en el que se produzca la contratación, durante un máximo de 12 meses, cuando se contrate un asalariado. La ayuda se tramitará mensualmente tras recibir comprobante del pago del salario efectuado por parte del trabajador autónomo beneficiado por la ayuda.
Además de esta ayuda económica, se facilitará al trabajador autónomo el asesoramiento e información necesaria para agilizar los trámites de la contratación y prevención de riesgos laborales