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Varios camiones circulan por una carretera.
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Varios camiones circulan por una carretera.

La modificación del ROTT se realizará, a priori, en febrero

lunes 28 de enero de 2019, 07:00h
Pese al deseo del Ministerio de Fomento de que el nuevo Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT) hubiera entrado en vigor el 1 de enero, diversos retrasos en su tramitación y la demora en la emisión del preceptivo informe del Consejo de Estado han impedido que haya podido ser aprobada dicha reforma reglamentaria, estando prevista para el mes de febrero.

El nuevo ROTT incluye una nueva regulación de acceso al Sector como consecuencia de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictada en febrero del pasado año

En todo caso, la aprobación del nuevo ROTT se produce con cuatro años de retraso respecto al plazo máximo establecido en la modificación de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres de 2013, que establecía un plazo máximo de dos años, que sin embargo no pudo ser cumplido por diferentes motivos de índole político e institucional que han ido retrasando la aprobación de dicha norma reglamentaria.

Importantes novedades

El nuevo ROTT, que incluye una nueva regulación de acceso al Sector como consecuencia de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictada en febrero del pasado año, introduce importantes novedades que afectan al desarrollo de la actividad empresarial del transporte por carretera, de las que cabe destacar las siguientes:

• En lo que se refiere al acceso a la profesión, para la obtención del título profesional de transportista u operador de transporte, esto es, del título de competencia profesional para el transporte, se exigirá poseer un nivel académico previo, en concreto poseer al menos el título de bachiller o FP de grado medio.

• La vinculación entre la persona que ostenta el referido título de competencia profesional y la empresa titular de la actividad empresarial será real y efectiva, exigiendo una vinculación laboral a jornada completa y además el desarrollo de actividades de supervisión en todas las áreas de la empresa, pasando a denominarse gestor de transporte.

• La regulación del requisito de pérdida de honorabilidad, que implicará la suspensión de la validez de las autorizaciones de transporte durante un plazo de un año, por la comisión de una única infracción muy grave o de tres infracciones graves en determinados supuestos.

• La eliminación del actual requisito de flota mínima para acceder al Sector (tres camiones en transporte de mercancías y cinco autobuses en transporte de viajeros), permitiendo que se pueda acceder con un solo vehículo de transporte, aunque manteniendo el actual requisito de antigüedad máxima, esto es, cinco meses en transporte de mercancías y dos años en transporte de viajeros.