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El Parlamento aprueba definitivamente la Ley que multará pagar a más de 60 días a los transportistas

lunes 27 de septiembre de 2021, 07:00h
(Imagen de archivo).
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Tras un año de tramitación desde que el Gobierno puso en marcha el compromiso adquirido con las asociaciones de transportistas, este jueves 2 de septiembre el Parlamento ha aprobado definitivamente la Ley que establece un régimen sancionador contra la morosidad en el sector del transporte de mercancías, la cual no ha contado lamentablemente con un respaldo mayoritario de los diferentes grupos políticos, al ser respaldada por sólo 178 diputados, 152 abstenciones y 16 votos en contra.

En todo caso, FENADISMER valora muy positivamente la nueva norma aprobada, ya que permitirá luchar de forma eficaz contra la lacra endémica de la morosidad y dilación ellos pagos que viene sufriendo históricamente el sector del transporte por carretera, como ha venido constatándose a través del Observatorio permanente de la morosidad y los pagos en el sector del transporte por carretera, que FENADISMER ha venido elaborando mensualmente desde 2012 en colaboración con la Fundación Quijote para el Transporte.

Dos de cada tres pagos que se realizan a las empresas transportistas por parte de sus clientes incumplieron la legislación vigente

Así, durante estos casi 10 años de estudio, se ha venido constatando cada mes un incumplimiento escandaloso y sistemático de los plazos máximos de pago establecidos por la ley por parte de las empresas cargadoras y operadores logísticos e intermediarios que contratan a los transportistas, las cuales han venido imponiendo condiciones abusivas a sus proveedores con absoluta impunidad, basando de este modo su rentabilidad no en su actividad productiva, sino en gran medida en la actividad financiera que generan a costa de los autónomos y pymes que trabajan para estos grandes grupos empresariales.

De hecho, dos de cada tres pagos que se realizan a las empresas transportistas por parte de sus clientes incumplieron la legislación vigente en materia de morosidad al superar el plazo máximo de 60 días a contar desde la realización del servicio. Además es tal el grado de incumplimiento y de demora en los pagos, que de ellos casi la mitad se realizaron a más de 90 días e incluso una cuarta parte a más de 120 días, esto es, a 6 meses.

En este sentido, la Ley establece un régimen sancionador dirigido a las empresas cargadoras, intermediarias y flotistas que paguen a los transportistas a más de 60 días, previendo sanciones económicas de hasta 6.000 euros, que podrán alcanzar los 30.000 euros para aquellas situaciones reincidentes más abusivas en materia de plazos de pago, en concreto, en aquellos casos en que se superen en más de 120 días el plazo máximo legal de pago o que sin superarlo se considere que la conducta afecta significativamente a la capacidad y a la solvencia económica del transportista.