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Convocadas las ayudas 2024 para el abandono de la actividad

Los beneficiarios con incapacidad tendrán preferencia y se otorgarán las ayudas en base a una lista por edad

Miércoles 20 de marzo de 2024
Se ha publicado en el BOE la convocatoria de ayudas para transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad en 2024. La cuantía máxima es de 9.780.000 € y se deben presentar las solicitudes en un plazo de un mes a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes.

Se publicó en el BOE la semana pasada el Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible que convoca ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad en 2024.

Las ayudas serán otorgadas a aquellos que ocupen los primeros lugares en dicha lista de beneficiarios

Destacan los siguientes aspectos en el texto completo de la convocatoria, el cual puede consultarse en este enlace y cuyos beneficiarios son los transportistas autónomos por carretera. La Orden FOM/3218/2009, de 17 de noviembre, modificada por la Orden FOM/2835/2012, de 17 de noviembre, y por la Orden FOM/64/2017, de 30 de enero, son las bases reguladoras por las que se rige.

Presentación de solicitudes

La cuantía máxima de la medida es de 9.780.000 €, dividida en un importe máximo de 9.630.000 € para los beneficiarios mencionados en la Resolución de otorgamiento y un importe máximo de 150.000 € para cubrir los recursos estimatorios presentados contra dicha Resolución. A partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOE, se cuenta con un plazo de un mes para presentar las solicitudes. La Orden de concesión será resuelta y publicada en un plazo de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria.

Se debe realizar la presentación de solicitudes a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Aquellos que hayan sido declarados con incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez para ejercer como transportistas tendrán preferencia. En cuanto a los demás beneficiarios, se elaborará una lista en orden descendente de edad para determinar posibles beneficiarios. Las ayudas serán otorgadas a aquellos que ocupen los primeros lugares en dicha lista de beneficiarios.

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