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Convocadas las ayudas 2024 para el abandono de la actividad

Convocadas las ayudas 2024 para el abandono de la actividad

Los beneficiarios con incapacidad tendrán preferencia y se otorgarán las ayudas en base a una lista por edad

miércoles 20 de marzo de 2024, 07:00h
Se ha publicado en el BOE la convocatoria de ayudas para transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad en 2024. La cuantía máxima es de 9.780.000 € y se deben presentar las solicitudes en un plazo de un mes a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes.

Se publicó en el BOE la semana pasada el Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible que convoca ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad en 2024.

Las ayudas serán otorgadas a aquellos que ocupen los primeros lugares en dicha lista de beneficiarios

Destacan los siguientes aspectos en el texto completo de la convocatoria, el cual puede consultarse en este enlace y cuyos beneficiarios son los transportistas autónomos por carretera. La Orden FOM/3218/2009, de 17 de noviembre, modificada por la Orden FOM/2835/2012, de 17 de noviembre, y por la Orden FOM/64/2017, de 30 de enero, son las bases reguladoras por las que se rige.

Presentación de solicitudes

La cuantía máxima de la medida es de 9.780.000 €, dividida en un importe máximo de 9.630.000 € para los beneficiarios mencionados en la Resolución de otorgamiento y un importe máximo de 150.000 € para cubrir los recursos estimatorios presentados contra dicha Resolución. A partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOE, se cuenta con un plazo de un mes para presentar las solicitudes. La Orden de concesión será resuelta y publicada en un plazo de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria.

Se debe realizar la presentación de solicitudes a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Aquellos que hayan sido declarados con incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez para ejercer como transportistas tendrán preferencia. En cuanto a los demás beneficiarios, se elaborará una lista en orden descendente de edad para determinar posibles beneficiarios. Las ayudas serán otorgadas a aquellos que ocupen los primeros lugares en dicha lista de beneficiarios.