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Publicadas las condiciones de las ayudas por los descuentos al transporte público

También detalla el cálculo de los importes que se concederán a entidades locales y autonómicas

Miércoles 19 de febrero de 2025

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha publicado la Orden Ministerial que regula el restablecimiento de las ayudas directas al transporte de viajeros, en aplicación del Real Decreto-ley 8/2023 y en desarrollo del artículo 63 del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero.



Las administraciones deberán compensar a los operadores lo antes posible

La nueva normativa establece las condiciones aplicables, los requisitos para acceder a las ayudas y el procedimiento de solicitud. También detalla el cálculo de los importes que se concederán a entidades locales y autonómicas para financiar los descuentos en el transporte público de su titularidad, tanto por la prórroga de la medida entre el 1 y el 22 de enero como por su restablecimiento hasta el 30 de junio de 2025.

Los fondos asignados a las entidades locales y Comunidades Autónomas deberán destinarse exclusivamente a la financiación del transporte público urbano e interurbano. Además, las administraciones deberán compensar lo antes posible a los operadores de transporte por la reducción de ingresos derivada de la aplicación de los descuentos.

Plazo y procedimiento de solicitud

Las administraciones interesadas en acceder a la prórroga de las ayudas deberán presentar su solicitud a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. Los formularios específicos estarán disponibles en la plataforma, y el plazo para su presentación finaliza el 28 de febrero de 2025, un mes después de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2025.

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