La comisaria Bulc le ha contestado que la UE ha determinado una serie de normas que protegen a los pasajeros cuando viajan en los diferentes modos de transporte (aéreo, ferroviario, marítimo y viario), habiendo ejercido medidas coercitivas contra los Estados miembros que no habían creado instancias para aplicar esas normas o no las habían facultado para sancionar a las compañías infractoras.
Con el fin de garantizar una interpretación uniforme y coherente de la normativa de la UE sobre los derechos de los pasajeros, Bulc ha recordado que en 2012 la Comisión comenzó a publicar directrices interpretativas, las primeras de las cuales se centraron en los derechos de los pasajeros con movilidad reducida en el transporte aéreo y actualmente está estudiando la posibilidad de publicar también directrices interpretativas para otros modos de transporte.
La comisaria ha destacado que la normativa de la UE también protege a los viajeros cuando compran servicios turísticos combinados, como, por ejemplo, transporte y alojamiento. Así ha explicado que la Directiva 90/314/CEE, relativa a los viajes combinados, establece normas de responsabilidad y los derechos a la información de los viajeros y facilita protección a estos en caso de bancarrota del organizador del viaje combinado. La comisaria ha revelado que en estos momentos se está negociando en el Consejo y en el Parlamento Europeo una propuesta de revisión de esa Directiva, cuya finalidad es hacer extensiva la cobertura de esta a determinadas nuevas formas de viajes combinados que los viajeros reservan con la ayuda de agencias de viaje electrónicas o mediante enlaces a servicios adicionales.