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La DGT clasifica el parque de vehículos en función de su potencial contaminante

SOSTENIBILIDAD

Los distintivos ambientales se enviarán a los titulares de 16 millones de vehículos clasificados como Cero, Eco, C y B

Nexotrans.com | Viernes 15 de abril de 2016

En los próximos días se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la resolución de la DGT en la que se recoge la clasificación del parque de vehículos correspondiente al 50% más limpio (unos 16 millones). La clasificación del parque tiene como objetivo discriminar positivamente a los vehículos más respetuosos con el medio ambiente.



Esta categorización se origina en el Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera 2013-2016 (Plan Aire) en el que se afirma que tanto las partículas como el dióxido de nitrógeno tienen en el tráfico rodado la principal fuente de emisión en las grandes ciudades y propone la clasificación de los vehículos en función de los niveles de contaminación que emiten.

La clasificación del parque tiene como objetivo discriminar positivamente a los vehículos más respetuosos con el medio ambiente y ser un instrumento eficaz en políticas municipales, tanto restrictivas de tráfico en episodios de alta contaminación, como de promoción de nuevas tecnologías a través de beneficios fiscales o relativos a la movilidad y el medio ambiente.

La clasificación del parque tiene como objetivo discriminar positivamente a los vehículos más respetuosos con el medio ambiente

Clasificación de vehículos

La clasificación de los vehículos está consignada en el registro nacional de vehículos de la DGT y a la misma podrán acceder en tiempo real los organismos con competencia en materia de movilidad, seguridad vial, tributaria o en medio ambiente y se detalla a continuación:

-Cero emisiones:

Ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y motocicletas; turismos; furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos de la DGT como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.

-ECO:

Turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía


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