www.nexotrans.com

La CNC hace público su informe sobre la fijación de tarifas mínimas: ‘Ni legalmente posible ni económicamente procedente’

El Informe está disponible en la página web de la Comisión Nacional de la Competencia: www.cncompetencia.es

viernes 20 de junio de 2008, 01:00h

A solicitud de Fomento, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25 de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia, la CNC ha emitido un Informe sobre la fijación de tarifas mínimas en el transporte de mercancías por carretera y su incidencia en materia de competencia, según la normativa nacional y comunitaria.

La CNC, tras llevar a cabo un análisis jurídico y económico de esta medida y estudiar las posibles consecuencias que de su establecimiento se derivarían para la libre competencia, afirma con rotundidad que dicha medida ni es legalmente posible ni económicamente procedente. De hecho, en la actual situación resultaría contraproducente para el sector y para la economía en su conjunto.

Si la fijación de las tarifas del transporte se adoptase mediante una conducta colusoria de los operadores económicos presentes en el mercado, la CNC reaccionaría persiguiéndola como infracción muy grave para su adecuada sanción. Si se adoptase por medio de una norma jurídica, la CNC estaría legitimada para impugnarla ante la jurisdicción contencioso-administrativa o, incluso, a inaplicarla, si resultara contraria al Derecho Europeo de la Competencia.

Tras realizar un análisis de carácter económico, la CNC considera que, en un entorno liberalizado como es el del transporte de mercancías por carretera, el establecimiento por vía normativa de una tarifa mínima generaría pérdidas de eficiencia económica en relación con un escenario de libre mercado, en tanto que impide la competencia entre operadores en la variable competitiva principal del servicio: el precio. Esta distorsión no sólo tendría un grave impacto, sino que además el mismo sería generalizado, dado que el transporte de mercancías por carretera constituye un input necesario para gran parte de los sectores de la economía.

Esta medida perjudicaría igualmente a la eficiencia asignativa, en la medida en que protege a este sector frente a otros que también se han visto afectados por el alza de los precios.

Fijación ineficaz

La fijación de tarifas mínimas resultaría además ineficaz, a juicio de la CNC, por varias razones. Primera, porque la principal razón por la que los transportistas no pueden repercutir en precios el alza en sus costes es su menor poder negociador y este no variará por el hecho de imponer un precio mínimo. La experiencia de otros sectores nos dice que los clientes -en este caso las empresas que demandan servicios de transporte-, si tienen poder negociador frente a sus proveedores –los transportistas-, consiguen repercutirles por otras vías el incremento en costes que la implantación de la tarifa mínima les supone. Segundo, porque la fijación de tarifas superiores a aquellas a las que conduciría el libre juego del mercado lejos de favorecer el ajuste de la oferta del sector resta incentivos al mismo. Tercero, porque la experiencia enseña que en un contexto de exceso de oferta la fijación de precios mínimos puede ser un acicate para la economía sumergida.

Por último, la medida no resulta proporcional, ya que existen otras medidas menos lesivas para la competencia que se podrían adoptar, y supondría un retroceso en el esfuerzo liberalizador que se ha venido desarrollando en este sector en los últimos años.