www.nexotrans.com

El plazo para solicitar la ayuda para la adquisición de autobuses accesibles en Galicia finaliza el 9 de octubre

Los vehículos deberán contar con una capacidad superior a nueve plazas para poder optar a la subvención

miércoles 16 de septiembre de 2009, 01:00h

El pasado 7 de septiembre ha sido publicada en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 17 de agosto de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para 2009 ayudas a empresas de transporte público de viajeros para la adquisición de vehículos accesibles.

Según publica Asintra en su boletín semanal, será subvencionable la adquisición de vehículos destinados al transporte interurbano colectivo y de capacidad superior a nueve plazas, incluido el conductor, que reúnan las siguientes condiciones:
a) Que estén adaptados para su uso por parte de personas con movilidad reducida. A estos efectos, los vehículos deberán reunir las condiciones previstas en el Real decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad.

b) Los vehículos deberán ser adquiridos durante el año 2009. Se entenderá como actuación subvencionable la adquisición mediante arrendamiento financiero (leasing), pero en este caso la subvención cubrirá únicamente los gastos de capital que se realicen durante el año 2009.

Podrán ser beneficiarios de la subvención, sin perjuicio de reunir los demás requisitos previstos en esta orden, las empresas prestadoras de servicios de transporte público regular permanente de viajeros de uso general sujetas a concesión administrativa de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Cuantía de las subvenciones

La cuantía total máxima de las subvenciones concedidas será de 493.000 euros. No obstante, este importe se entenderá sin perjuicio de ulteriores variaciones que se puedan producir como consecuencia de una mayor disponibilidad presupuestaria. De manera individual, la cuantía de cada subvención por vehículo será la que resulte de dividir el importe total  (493.000 euros) por el número de vehículos que figuren en las solicitudes que cumplan los requisitos fijados en esta orden. Sin embargo, esa cantidad en ningún caso podrá exceder de 24.000 euros.

Las solicitudes se presentarán preferentemente en el registro auxiliar de la Dirección General de Movilidad de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras. Podrán presentarse, asimismo, por cualquiera de los restantes medios previstos en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. El plazo de presentación de solicitudes comenzó el pasado 7 de septiembre, y terminará el día 9 de octubre de 2009, incluido.