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La CE insta a comprobar si Renfe tiene posición dominante en el mercado

lunes 30 de mayo de 2016, 07:00h
La CE insta a comprobar si Renfe tiene posición dominante en el mercado
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La Comisión Europea dice que si Renfe compite con aerolíneas y autocares en larga distancia, debería comprobarse si tiene posición dominante en el mercado.

La Comisión Europea ha respondido al eurodiputado Ramón Tremosa i Balcells en relación con su denuncia planteada respecto a la posible competencia desleal de Renfe en el AVE. Recordando que Renfe es el único operador de servicios de transporte de viajeros por ferrocarril aunque compite en un mercado de transporte intermodal colectivo con avión y autocar, Tremosa ponía el ejemplo del anuncio del carnet ‘joven’ de Renfe con descuentos de hasta el 50 % en todo tipo de trenes, tanto obligaciones de servicio público como servicios comerciales, como un nuevo ejemplo de la política comercial que Renfe lleva aplicando desde 2013 para el AVE, con descuentos de hasta el 70 % que hacen que el tren llegue a ser más barato que el autocar para un mismo trayecto.

Tremosa ponía el ejemplo del anuncio del carnet ‘joven’ de Renfe con descuentos de hasta el 50 % en todo tipo de trenes

Tremosa insistía en que tal medida había sido anunciada por la persona titular del Ministerio al que se adscribe Renfe, lo que parece asimilar dicha política tarifaria de Renfe a una decisión del propio Ministerio y pone en duda su independencia. Por ello planteaba si la Comisión consideraba que estas medidas comerciales de Renfe podrían suponer competencia desleal o abuso de posición de dominio en el mercado. Considerando el artículo 4 de la Directiva 2012/34/UE, Tremosa también preguntaba si la Comisión creía que esa asimilación de la política tarifaria de Renfe a una decisión del Ministerio al que se adscribe podría constituir una violación del Derecho de la UE.

La respuesta en nombre de la Comisión Europea ha venido por parte de la comisaria responsable de competencia, Margrethe Vestager. Con arreglo a la legislación de la UE en materia de competencia, Vestager señala que las empresas son libres, en principio, para fijar los precios como deseen. En particular, la comisaria apunta que la práctica de fijar precios diferentes para los distintos segmentos de consumidores (por ejemplo, los viajeros jóvenes) es común con otros sectores, y en el sector de los ferrocarriles no la realiza exclusivamente Renfe.

También indica que la Comisión suele intervenir cuando hay pruebas de que una empresa dominante incurre en una conducta abusiva, incurriendo en pérdidas de forma deliberada o renunciando a beneficios a corto plazo, con el fin de excluir o poder llegar a excluir a sus competidores. No obstante, asegura que ofrecer un descuento a un segmento del mercado no es necesariamente un indicio de depredación.

Por otra parte, Vestager recalca que, si la empresa está en competencia con las compañías aéreas y los operadores de autobuses de larga distancia, debería comprobarse si Renfe tiene una posición dominante en el (los) mercado(s) en que opera. A su vez, la comisaria indica que los Estados miembros podrán establecer obligaciones en materia de tarifas para los servicios de pasajeros de conformidad con el Reglamento (UE) nº 1370/2007.

De igual modo, Vestager dice que el artículo 5 de la Directiva 2012/34/UE, que obliga a los Estados miembros a permitir a las empresas ferroviarias fijar libremente los precios de sus servicios, se entiende sin perjuicio de la posibilidad de imponer obligaciones tarifarias de conformidad con el Reglamento (UE) nº 1370/2007. En cualquier caso, para la Comisión Europea, el mero hecho de que la medida de introducir el carnet ‘joven’ fuera anunciada por un funcionario del Ministerio no puede considerarse en sí como una vulneración de las normas sobre la autonomía de gestión de Renfe.