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Confebús recurrirá la sentencia favorable a Blablacar

Confebús ha decidido recurrir, entiende que su reclamación es sólida.
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Confebús ha decidido recurrir, entiende que su reclamación es sólida.

Respeta la decisión, pero considera que sus argumentos son más que sólidos

miércoles 08 de febrero de 2017, 07:00h
La Confederación Española de Transporte en Autobús (Confebús) presentó en el año 2015 una demanda contra BlaBlaCar ante el Juzgado de lo Mercantil, “basada en que su actividad es ilegal y constituye un caso de competencia desleal. Se incumplen diversos artículos de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestre (LOTT), como la intermediación en el mercado de transporte sin la correspondiente licencia o autorización, pues recomiendan precios, gestionan el cobro del servicio mediante tarjeta de crédito, cargan el 10% de comisión por la intermediación, pagan finalmente al conductor pasados 15 días desde la realización del servicio, el precio no varía en función de la ocupación del vehículo”, a lo que se añade “la realización de transporte público con vehículos particulares”, apuntan desde la Confederación.
“Estos hechos están perjudicando gravemente a un Sector que genera más de 80.000 empleos directos, mueve 1.750 millones de viajeros al año (dos de cada tres viajes en transporte público se realizan en autobús), une regularmente más de 8.000 poblaciones y contribuye a la Hacienda Pública con 942 millones de euros por las diferentes figuras impositivas que le son aplicables, sin tener en cuenta el impuesto especial de hidrocarburos”. Pruebas sólidas Previa presentación de la demanda, Confebús elaboró un estudio sobre el impacto que tienen los servicios de BlaBlaCar en el mercado de transporte, cuyas conclusiones indican que “entre Madrid y Valencia, un viernes se ofertan 344 plazas, por 780 del autocar de línea, lo que supone un 44% de la oferta. Algunos otros trayectos destacados se producen entre Madrid y Murcia, donde el porcentaje es del 39%, con Alicante el 53% y con Santander un 29%, o entre Málaga y Sevilla un 35%”. Desde Confebús se reconoce que “compartir vehículo particular se ha hecho siempre y se seguirá haciendo, y el transporte de viajeros por carretera jamás se ha opuesto a ello. Sin embargo, las normas deben ser para todos iguales; si se quiere hacer transporte, hay que cumplir con todas las reglas. Otra cosa es que haya o no que reformar la legislación. En este caso, lo que se está haciendo bajo el paraguas de ‘economía colaborativa’ es otra cosa, es transporte público en vehículos particulares e intermediación en la contratación del transporte, sin someterse a la regulación y fuera del sistema establecido, no contribuyendo al sostenimiento del Estado del Bienestar y siendo, además, competencia desleal”. Por estas y otras muchas razones, y respetando la decisión judicial, Confebús considera “que sus argumentos son sólidos, por lo que ha decidido recurrir la sentencia”.