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CÁRTEL DE CAMIONES

Los transportistas verán multiplicado su papeleo jurídico al trasponerse la Directiva de Daños

La norma europea refuerza la vía extrajudicial que Life Abogados venía defendiendo desde el inicio del caso: la mediación

martes 27 de junio de 2017, 07:00h
Imagen de archivo cártel de camiones
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Los transportistas afectados por el caso del Cártel de los Camiones (el pacto de precios de camiones de seis o más toneladas por parte de cinco fabricantes desde 1997 a 2011) tienen todavía diez meses por delante para iniciar sus reclamaciones, pero se van conociendo novedades que les afectan de lleno, como las que trae consigo la trasposición en España de la Directiva Europea de Daños, que abre la puerta a que se multiplique el “papeleo” jurídico entre fabricantes y transportistas. De lo que no se beneficiarán los transportistas con la trasposición de la directiva es del aumento de uno a cinco años en el plazo para interponer reclamaciones.

Adquisiciones de hace 15 o 20 años

La nueva norma puede hacer que los transportistas se vean obligados a petición de los fabricantes a tener que localizar y mostrar documentación sobre los camiones adquiridos hace 15 ó 20 años para demostrar que no repercutieron coste alguno al usuario final (lo que se denomina en la jerga jurídica “pass on”).

Y, según explica Life Abogados, el paso del tiempo no puede argumentarse como excusa para no entregarla, ya que, en tal caso, habría que justificar ante el juez la “casualidad” de tener papeles que favorecen, que son también de hace mucho tiempo, y no tener aquellos que pueden ser utilizados por la parte demandada en su defensa.

Precisamente, y ante esta situación, la norma europea refuerza la vía extrajudicial que Life Abogados venía defendiendo desde el inicio del caso: la mediación. Así, a las ventajas de interrumpir el plazo de prescripción de unos años de las acciones judiciales y ganar cierta benevolencia ante el juez, se une que la mediación no se apoya tanto en la entrega de documentación exhaustiva sino en argumentos teóricos de cuantificación de daños. También es ventajosa por el ahorro de costes y de tiempo, ya que el período de mediación puede tener una duración de tres meses aproximadamente.

La mediación es una vía de resolución del conflicto también interesante para el fabricante, ya que si llega a un acuerdo con los perjudicados quedaría excluido de las demandas posteriores y el resto de infractores no podrían pedirle que participe en el pago de indemnizaciones futuras

Al mismo tiempo, la mediación es una vía de resolución del conflicto también interesante para el fabricante, ya que si llega a un acuerdo con los perjudicados quedaría excluido de las demandas posteriores y el resto de infractores no podrían pedirle que participe en el pago de indemnizaciones futuras.

Por el contrario, de lo que no se beneficiarán los transportistas con la trasposición de la directiva es del aumento de uno a cinco años en el plazo para interponer reclamaciones, ya que se ha traspuesto fuera de plazo y no tiene carácter retroactivo.

La otra novedad de esta trasposición tiene que ver con la cuantía del daño. De esta forma, si la mediación no resulta y acaba la reclamación en los tribunales, la nueva norma surgida de la directiva da carta blanca al juez para hacer valer una estimación de los daños basándose en informes periciales bien fundamentados.

Esto es así en casos en los que cuantificar el daño es muy complejo, como ocurre con el Cártel de los Camiones, ya que difícilmente podrá calcularse al céntimo, debido a que hay analizar camión por camión y tener en cuenta sus particularidades, historial propio, etc. Y más difícil es calcular el consumo de más de combustible por el acuerdo de los fabricantes en el retraso de la implantación de las normas Euro III, IV, V y Vi.

Otras incógnitas a resolver

Una vez traspuesta la Directiva Europea de Daños y sus posibles efectos en las reclamaciones de los transportistas, lo cierto es que hay todavía incógnitas por resolver. Por un lado, la resolución de Bruselas del pasado 6 de abril, que es el pistoletazo de salida para las reclamaciones, no incluye toda la información relativa al caso.

En concreto, está pendiente dilucidar qué elementos no deben hacerse públicos por afectar a secretos industriales o ser confidenciales. Esto es fundamental porque determinará a qué documentación podrán acceder los transportistas sobre la que sustentarán sus reclamaciones.

Y finalmente está pendiente conocer la implicación de Scania en este caso, que no figuraba en la resolución de la UE (aparecen de momento MAN, Daimler, Iveco, Volvo/Renault y DAF), aunque sí está siendo investigada. Esto supone que los compradores de camiones de este fabricante deben esperar antes de iniciar acciones judiciales.

Según Juan Sánchez Corzo, socio de Life Abogados, “el principal argumento de defensa del fabricante frente a los transportistas es que quien ha sufrido el daño en realidad es su cliente, a quien habría repercutido el sobrecoste sufrido. Para probar esto el fabricante puede pedir al juez que obligue al transportista a exhibir documentos. Es importante destacar esto porque muchas veces la gente se lanza a reclamar sin ser conscientes de que en un momento dado pueden verse obligados a desnudarse. Frente a esto la mediación no sólo puede ahorrar papeleo sino que además supone un ahorro de tiempo y costes al evitar la siempre más tediosa y costosa vía judicial”.