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Vehículos VTC.
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Castilla y León aprueba el decreto por el que se regulan los distintivos exteriores obligatorios para vehículos con conductor VTC

jueves 07 de junio de 2018, 07:00h
El Consejo de Gobierno de Castilla y León ha aprobado el decreto que regula los distintivos exteriores que son obligatorios para vehículos con autorizaciones de turismo con conductor o también llamados VTC. La norma promovida por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente tiene por objeto evitar el intrusismo y la competencia desleal que afectan tanto a las empresas de arrendamiento con conductor como al sector del taxi, permitiendo la identificación exterior de los vehículos amparados por una autorización legal, de manera que se ahonda en la protección de los derechos de los usuarios. Actualmente en Castilla y León existen 293 vehículos dedicados a esta actividad de arrendamiento con conductor.

La regulación de la materia relativa al arrendamiento de vehículos con conductor (VTC) es competencia básica y exclusiva del Estado siendo la competencia de la Comunidad Autónoma únicamente ejecutiva y de gestión de las autorizaciones en el marco de la legislación del Estado

La regulación de la materia relativa al arrendamiento de vehículos con conductor (VTC) es competencia básica y exclusiva del Estado siendo la competencia de la Comunidad Autónoma únicamente ejecutiva y de gestión de las autorizaciones en el marco de la legislación del Estado. No obstante, el Real Decreto 1057/2015, de 20 de noviembre, que modificó el Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT) incluyó un nuevo artículo que habilita a las comunidades autónomas para poder exigir que los vehículos amparados en dichas autorizaciones se identifiquen externamente mediante algún distintivo.

La Junta de Castilla y León ha considerado de interés poner en marcha una regulación específica que permita la identificación en la vía pública de los vehículos turismo dedicados a la actividad de arrendamiento con conductor mediante el diseño de dos autoadhesivos de vinilo transparente, que se deberán colocar en las lunas delantera y trasera de cada vehículo y que incorporan el escudo y los colores identificativos de la Comunidad de Castilla y León.

El incremento de la demanda de este tipo de servicios, con el consiguiente aumento de los usuarios de los mismos, el intrusismo y la competencia desleal que puedan afectar tanto a las empresas de arrendamiento con conductor como al sector del taxi, exige adoptar las medidas más convenientes para la debida información y protección de los derechos de los usuarios. En este sentido, la identificación externa de los vehículos amparados por una autorización legal, distinguiéndolos con respecto a los que no gozan de la correspondiente autorización, facilitara las labores de inspección y control de los vehículos dedicados a la mencionada actividad y la comprobación de que la misma se realiza cumpliendo la normativa vigente en la materia.

La norma establece, así mismo, el régimen de sanciones en caso de incumplimiento de la obligación, remitiéndose para ello a lo que determine al respecto la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre y su Reglamento, por tratarse de legislación básica estatal. Su entrada en vigor tendrá lugar al mes de su publicación en el Bocyl, con objeto de realizar con la suficiente antelación el proceso de envío, recepción y colocación de los distintivos. Paralelamente, al tiempo de publicación de la norma la Administración remitirá junto con los distintivos un ejemplar de la misma a todos los titulares de autorizaciones de este tipo.

En el procedimiento de tramitación de este decreto se ha realizado una amplia consulta a las entidades y organismos vinculados con el sector del transporte, así como a la ciudadanía en general. Así se efectuó consulta pública previa, se elevó a la consideración del pleno del Consejo de Transportes de Castilla y León y se sometió a los trámites de audiencia, participación ciudadana e información pública en el Portal de Gobierno Abierto de la Junta de Castilla y León. Posteriormente, el proyecto de decreto fue sometido al dictamen del Consejo Consultivo de Castilla y León.

Actualmente la Comunidad de Castilla y León dispone de 293 vehículos dedicados a la actividad de arrendamiento con conductor, con la siguiente distribución provincial: en Ávila 17; en Burgos, 39; en León, 61; en Palencia, 20; en Salamanca, 22; en Segovia, 82; en Soria, ninguno; en Valladolid, 61; y en Zamora, 1.

Plan Específico de Inspección

Con fecha 30 de agosto de 2017, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León llevó a cabo un Plan Específico de Inspección de los Servicios de Alquiler de Vehículos con Conductor (VTC). El citado plan comprendió un periodo de tres meses, desde el 1 de septiembre al 30 de noviembre de 2017, comprendiendo tanto requerimientos de documentación a las empresas como la realización de controles en ruta. Como resultado del mismo se levantaron 18 actas de Inspección (siete por incumplir las condiciones de la autorización, nueve por desatención a los requerimientos de la Inspección y dos por realizar habitualmente transporte VTC en lugar distinto a donde se encuentra residenciada la autorización). En los controles efectuados en ruta se impusieron cuatro denuncias.