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Anetra insta a la industria, que dicte una resolución urgente sobre las ITVs

jueves 08 de octubre de 2020, 07:00h
Anetra insta a la industria, que dicte una resolución urgente sobre las ITVs
El defensor del pueblo, y grupos parlamentarios, se han posicionado a favor del Sector,para no retrotraer la fecha de revisión a los plazos originales.

Se solicitó una marcha atrás de la regulación de la Orden Ministerial que obligaba a tener que pasar dos veces este año 2020 la inspección técnica de vehículos

Los Tribunales han dado la razón al sector del transporte por carretera, suspendiendo el Supremo cautelarmente el artículo 2 de la SND 431/2020, de 15 de mayo por la que se establecen medidas especiales para la inspección técnica de vehículos, relacionado con la fecha de validez de seis meses tras haber realizado la inspección ITV sobre la que conste en la tarjeta ITV sin computar la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma.

Anetra participó a finales del mes de mayo, junto con las organizaciones miembro del Comité Nacional de Transporte por Carretera, en un encuentro con la Dirección General de Industria, en la cual se solicitó una marcha atrás de la regulación de la Orden Ministerial que obligaba a tener que pasar dos veces este año 2020 la inspección técnica de vehículos cuando los autocares y autobuses han estado parados técnicamente durante el tiempo en el que duró el Estado de Alarma, e incluso mucho más del mismo por la inactividad que lleva el sector del transporte discrecional y RUE desde principios de mes de marzo.

En dicha reunión, se solicitó que se computaran los seis meses desde la fecha en que se pasara la última ITV y no desde la que figurara en la ficha técnica del vehículo, recortando de modo sustancial la vigencia periódica para pasar la siguiente. La negativa sin justificación más allá del puramente recaudatorio, derivó a que el sector planteara un recurso jurídico, traducido actualmente en una suspensión cautelar del artículo segundo que así lo determinaba.

El Auto del Tribunal Supremo de fecha 24 de septiembre, conocido el día 30, telegrafía dicha suspensión cautelar, si bien el sector necesitaba conocer su practicidad para atenerse en todo momento a la consecuencia jurídica del Auto, sobre todo porque muchas PYMES del sector se encuentran en la tesitura de tener que acudir de forma inminente a realizar inspección técnica de vehículos de flota. Por ello, ANETRA dirigió un escrito al Director General de Industria en el que se solicitaba emitir una Resolución o disposición análoga sobre los efectos prácticos de la aplicación de esta medida cautelar, teniendo en cuenta “alguna previsión” para aquellas fichas técnicas que, por aplicación de este artículo 2 suspendido, tengan que pasar una segunda inspección próximamente.

La respuesta recibida no entró de lleno en el fondo de la solicitud que necesita el sector, que es el de conocer cómo se llevaría a la práctica para lograr que se retrotraigan las inspecciones ITV que se hubiesen realizado desde la emisión de la Orden Ministerial hasta la fecha del auto, para así que el sector ya cuenten con plazos de seis meses desde las últimas inspecciones realizadas.

Igualmente se ha conocido que el Ministerio de Industria ha dado instrucciones a las Consejerías autonómicas y a las concesionarias de ITV para que apliquen dicho Auto parcialmente sólo a los que la pasen a partir de ahora, teniéndose por tanto que pasar dos veces seguidas la ITV durante los próximos meses.

Por lo tanto, Anetra ha puesto en conocimiento del Comité Nacional de Transporte por Carretera los mencionados escrito y respuesta, para que inste a la Dirección General de Industria a que paralice y, en su caso, retrotraiga el modus operandi establecido en la Orden Ministerial.

Tanto el Defensor del Pueblo como numerosos grupos parlamentarios se han posicionado en todos estos meses a favor del sector para no retrotraer la fecha de revisión a los plazos originales de vencimiento para ningún vehículo cuya inspección caducara durante el estado de alarma, por lo que junto con el Auto del Supremo es un apoyo fundamental para derogar la norma, más si cabe en tiempos de paralización de servicios por el sector por causas ajenas al mismo.