En desacuerdo
La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado la impugnación del convenio colectivo del sector de la Logística, paquetería y actividades anexas al Transporte de mercancías de la Comunidad de Madrid para 2015 y 2016, que había interpuesto la Confederación madrileña de Transportes de mercancías (Comat), en la que se integra Atradice, por diferentes motivos. Las principales razones serían la forma en la composición de la comisión negociadora, más concretamente por la falta de legitimación en el banco empresarial; así como razones de fondo, por considerar que se desvirtúa de forma artificial el ámbito de aplicación del convenio.
Las principales razones serían la forma en la composición de la comisión negociadora, más concretamente por la falta de legitimación en el banco empresarial
Al no ser una sentencia firme, desde Atradice se promoverá, a través de Comat, la interposición de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, ya que la asociación no comparte los argumentos del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Recuerdan, además, que el convenio colectivo del Sector de la Logística, paquetería y actividades anexas al Transporte de mercancías de la Comunidad de Madrid excluye expresamente de su ámbito de aplicación a las empresas que tengan como actividad principal el transporte de mercancías, recogiendo unas tablas salariales absolutamente desproporcionadas e inasumibles para las empresas del Sector.