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Fandabus y los derechos del viajero en Andalucía

martes 30 de enero de 2018, 07:00h

Fandabus ha presentado ya sus alegaciones al Proyecto del Decreto de los derechos de los viajeros en Andalucía

Fandabus y los derechos del viajero en Andalucía
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A juicio de la Federación andaluza, “el Sector español de transporte de viajeros por carretera es un buen ejemplo de innovación y apuesta por la digitalización y nuevas tecnologías. Las empresas que operan servicios interurbanos de transporte en autocar han implantado diferentes sistemas de conectividad en sus vehículos que garantizan el confort y entretenimiento de sus viajeros, así como la seguridad de sus operaciones de transporte durante todo el trayecto. Andalucía es también ejemplo de buenas prácticas en el desarrollo y comercialización de billetes combinados multimodales que permiten crear cadenas de transporte de viajeros con transbordos sin interrupción y donde las empresas de autocar juegan un papel clave como modo esencial que permite conectar con otros transportes”.

También ponen el acento en que “además de garantizarse el pleno respeto con la normativa comunitaria sobre derechos de los pasajeros, no debe obviarse la adecuación que cualquier medida normativa debe tener para con la normativa estatal. En este sentido, debe observarse compatibilidad con los artículos 3, 4 y 5 del actual ROTT, relativos a la responsabilidad de porteadores por daños o pérdidas de equipajes de viajeros y la obligación a cubrir a los viajeros del transporte público con seguro obligatorio. El contenido de estos artículos también hace referencia en la LOTT (artículo 21) y otras normativas específicas, por lo que son obligaciones vigentes en nuestro entorno regulatorio”.

250 km

“El Proyecto de Decreto en cuestión pretende ampliar el catálogo de derechos reconocidos con carácter general a todos los viajeros con servicios de recorrido inferiores a 250 kilómetros, con lo que la Junta de Andalucía pretende desarrollar y complementar el Reglamento 181/2011, y las "lagunas y carencias de la inminente" modificación del ROTT, que va a publicar el Ministerio en este año 2018. Pero se encuentran ciertas discrepancias entre el reglamento europeo y el decreto andaluz”.

Fandabus considera que es necesario destacar este punto, ya que “extender la normativa para servicios de recorridos de más de 250 kilómetros a todos los viajes generará la adquisición de obligaciones por parte del transportista que quedan desnaturalizados para viajes de corto trayecto. De igual forma, se hace necesaria una armonización entre las normativas autonómicas en aras de evitar problemas normativos entre comunidades autónomas. Un claro ejemplo de esta desnaturalización la encontramos en el apartado referente a la protección y las necesidades inmediatas de los viajeros en caso de percance (artículos 7 y 8 del Reglamento (UE) nº 181/2011), donde la asistencia para los usuarios con viajes de más de 250 kilómetros puede quedar justificada por la posibilidad de que el usuario se encuentre a gran distancia de su destino final, ocurriendo lo mismo con las indemnizaciones”.