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Fenadismer se reúne con Lozano para analizar la problemática del seguro de circulación en puertos y aeropuertos

Todos los desplazamientos realizados en recintos de puertos o aeropuertos están excluidos de la cobertura

jueves 18 de diciembre de 2008, 01:00h

El pasado martes 16 de diciembre Fenadismer mantuvo una reunión con el director general de Seguros, Ricardo Lozano, como consecuencia de la situación a la que se enfrentan los más de 30.000 transportistas que trabajan en los diferentes puertos y aeropuertos españoles tras la entrada en vigor de la nueva normativa reguladora del seguro obligatorio de circulación.

Desde la aprobación, el pasado mes de octubre, del Real Decreto 1507/2008 por el que se aprueba el Reglamento del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil en la circulación de vehículos a motor, el Gobierno ha modificado las coberturas incluidas en el Seguro Obligatorio que todos los vehículos deben tener contratadas. En virtud de dicha modificación, que no fue consultada con el Sector y que está recogida en el art. 2 del citado Reglamento, se excluye de la cobertura del seguro a "todos los desplazamientos de vehículos a motor realizados en recintos de puertos o aeropuertos".

La respuesta de Lozano

Por su parte, el director general de Seguros ha comentado a la Federación que la voluntad de modificar dicha norma se origina en la necesidad de clarificar las diferentes consultas que se han elevado a la DGT con anterioridad a la modificación normativa, por lo que tras dicha modificación sólo quedarán excluidos del ámbito del seguro obligatorio de circulación los siniestros producidos en puertos y aeropuertos en los que la Autoridad regule que no es aplicación al mismo la legislación sobre tráfico y seguridad vial.

Lozano se ha comprometido, además de a dictar la correspondiente resolución interpretativa, a realizar las gestiones correspondientes ante Fomento, AENA y las Autoridades Portuarias para que se pronuncien sobre si en sus respectivos recintos es de aplicación la legislación sobre tráfico, y en consecuencia es vigente el seguro obligatorio de circulación, o si por el contrario, sobre dicho recinto existe una regulación específica de tráfico. Esto obligaría al transportista a contratar un seguro de responsabilidad adicional (con un coste aproximado de 600 euros, según cálculos facilitados por compañías aseguradoras a Fenadismer).

Por otra parte, se ha planteado al director general de Seguros la problemática derivada de la inactividad de parte de la flota de transporte española como consecuencia de la crisis económica, y la posibilidad de eximir a las empresas de la obligatoriedad de suscribir el seguro obligatorio de circulación para aquellos vehículos de transporte que se encuentran parados. A este respecto, Lozano ha propuesto una reunión con la asociación nacional de compañías aseguradoras (Unespa) para estudiar la viabilidad de rescindir los contratos de seguros vigentes llegado el vencimiento, así como con el Ministerio de Fomento para posibilitar la suspensión temporal de las autorizaciones que permita dar de baja temporal el vehículo en el Registro de Tráfico, para que no sea sancionado por carecer del seguro obligatorio.