www.nexotrans.com

La Agencia Tributaria cambia el epígrafe a los autónomos con vehículos de hasta 3,5 toneladas

Desde ATA denuncian que la nueva medida aumenta un 98% la tributación por módulos y es contradictoria

lunes 13 de abril de 2009, 01:00h

Los transportistas por cuenta propia de vehículos ligeros de hasta 3.500 kg. deberán cambiar este año el epígrafe tributario, pasando del 722 (correspondiente a Transporte de Mercancías) al 849,5 (Servicios de Mensajería y Recadería), según denuncia ATA, que alude a "razones recaudatorias" para calificar la medida.

El cambio que están obligados a adoptar estos transportistas supone, según detalla ATA, aumentar un 98% la tributación objetiva, por módulos. Así, sólo en concepto de IVA, el aumento de pago anual supone pasar de 3.546,75 euros en el epígrafe 722, a 7.021,10 euros en el epígrafe 849,5.

Otro de los aspectos contradictorios de este nuevo concepto de tributación viene ligado a la autorización de transporte. Según explican desde ATA, se da la circunstancia de que para obtener la Tarjeta de Transporte – autorización administrativa imprescindible para poder trabajar en este Sector – es necesario estar dado de alta en el epígrafe 722.

Asimismo, es preciso recordar que los transportistas que trabajen sin esta tarjeta y todo vehículo de más de 2.000 kilogramos de PMA que circule sin ella podrán ser multados con 1.500 euros e incluso se les podría retirar la autorización para realizar transporte alguno durante tres años, si acumulan más de dos sanciones en el transcurso de un año.

La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos – ATA ha recibido numerosísimas quejas de transportistas por cuenta propia debido a esta decisión adoptada por la Agencia Tributaria, que les coloca en una situación de indefensión legal. La Federación insiste en que el transporte por carretera y, concretamente los trabajadores por cuenta propia de este Sector están atravesando una  situación crítica que avalan los datos siguientes: mientras que en 2008 el saldo neto experimentó una pérdida de 2.320 transportistas por cuenta propia, sólo en el primer trimestre de 2009, el saldo neto de la pérdida registrada arroja una cifra de 3.260, de la cual 1.698 corresponden exclusivamente al mes de marzo. Esta cifra correspondiente al último mes empeorará sin ninguna duda si, desde los poderes públicos, se toman este tipo de decisiones incongruentes, de aumentar irracionalmente las cargas fiscales, por meros motivos recaudatorios, sin tener en cuenta, además, que ponen al trabajador en la disyuntiva de ser sancionados sin razón.

UPTA : ‘supresión de las inspecciones’

En este mismo sentido, desde UPTA consideran que "los módulos de tributación establecidos son absolutamente desproporcionados respecto del resto de subsectores del transporte de mercancías por carretera, pese a que las actividades a realizar y los rendimientos económicos son muy similares", por lo que, "en coordinación con la Mesa Nacional del Transporte de la Organización, de la que forman parte Uniatracm y Fenadismer, han pedido a la Agencia Tributaria "una solución rápida que pasaría, en primer lugar, por enviar a las Agencias Tributarias de las CCAA una circular indicando la supresión de las inspecciones hasta que el epígrafe 849.5 de transporte de paquetería se asimile en importe al 722 de transporte de mercancías por carretera".