Así, en los casos en los que un servicio de autobús privado afecte a la viabilidad de un servicio público comparable, el Estado miembro podrá, con el acuerdo de la Comisión, retirar la autorización a ese servicio.
El tercer y último reglamento que integra este paquete legislativo afecta a las condiciones que tienen que cumplir los transportistas. El objetivo es garantizar un servicio uniforme y de calidad en toda la UE, así como garantizar que las empresas cumplen las normas administrativas y de trabajo del país en el que operan.
Desde 2007, los conductores de autobuses y autocares que realizan viajes internacionales tienen derecho a una jornada de descanso cada seis días. Esta medida ha provocado bastantes críticas entre los tour operadores, que se quejan de que tienen que contratar a dos conductores para cada viaje, lo cual incrementa el coste para el consumidor final.
Tras alcanzar un acuerdo con la industria y los sindicatos, los eurodiputados han respaldado la reintroducción de la "norma de los 12 días", que amplía a 12 días el periodo sin descanso de los conductores. Este acuerdo prevé algunas excepciones, por ejemplo, no se puede contratar a un único conductor para realizar viajes distintos, aunque estén dentro del límite de los 12 días. Esta parte del reglamento se aplicará desde enero de 2010; el resto será de aplicación a partir de mediados de 2011 (dos años después de la entrada en vigor).
Registros electrónicos empresariales
Los registros electrónicos nacionales -que ya existen en varios Estados miembros- contienen información sobre las finanzas de las empresas, el lugar en el que están establecidas, el personal de gestión e infracciones previas de las normas nacionales y comunitarias.
A petición de los eurodiputados, estos registros tendrán que estar interconectados, como muy tarde, a finales de 2012, para que las autoridades de un país puedan consultar la información de una empresa basada en otro Estado miembro.