www.nexotrans.com

El Departamento de Viajeros del CNTC también expresa su desacuerdo con el Anteproyecto de ‘Ley Ómnibus’

Solicita que se retire del Anteproyecto toda modificación de la LOTT y se proceda al estudio de las sugerencias

miércoles 29 de abril de 2009, 01:00h

El Pleno del Departamento de Viajeros del Comité Nacional de Transporte por Carretera ha estudiado el Anteproyecto de Ley Ómnibus sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio remitido, en su momento, por la Subdirección General de Ordenación y Normativa y ha acordado emitir un informe desfavorable sobre el mismo, al igual que hiciera, hace un par de semanas, Asintra.

Este informe considera, entre otras cosas, "improcedente que una reforma legislativa que afecta de manera tan significativa a la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) no sea previamente pactada con el Sector, habiéndose limitado al respecto el Ministerio de Fomento a trasladar el texto del anteproyecto de Ley al objeto de que simplemente sea informado en el breve plazo otorgado, lo que impide, máxime en las fechas que comprende (Semana Santa), la realización de un análisis con mayor sosiego y profundidad que el que ha podido realizarse".

Por su parte, en el ámbito del arrendamiento de vehículos sin conductor, el informe "considera que en absoluto se puede aceptar una liberalización que suprima unas mínimas exigencias de calidad y que pueda convertir el arrendamiento de vehículos en una especie de régimen 'pirata' en el que podría darse pie para que vehículos de uso privado se conviertan en vehículos de alquiler sin conductor, sin más que rotándolos entre amigos y familiares, beneficiándose así de la exención del impuesto de matriculación".

Asimismo, en el ámbito del transporte urbano, el documento asegura que "será de aplicación la nueva redacción del artículo 19 en su párrafo 1, donde se establece que el precio de los servicios públicos de transporte regular permanente de viajeros de uso general vendrá determinado por la tarifa establecida en el correspondiente contrato administrativo de gestión, es decir,  se aplica una excepción a esa libertad de fijación de precios establecida para otro tipo de transportes".

Estaciones de autobuses

Por lo que respecta a las estaciones de autobuses, el documento asegura que "la supresión de la autorización de la Comunidad para su establecimiento es congruente con el vigente sistema constitucional de distribución de competencias ya que, ubicándose siempre una estación en el ámbito de una de ellas, ésta será siempre la competente para legislar sobre esta clase de instalaciones".

Finalmente, en el campo del transporte en autobús, explica que "la reforma de los artículos 18 y 19 de la LOTT no sólo no tiene razón alguna que la justifique, sino que no se ajusta al régimen jurídico del contrato de concesión de los servicios públicos regulares permanentes de uso general por cuanto que en ellos rige el sistema de tarifas obligatorias a cargo del usuario, tarifas han de responder a la cobertura de todos los costes, principio éste que incomprensiblemente se elimina en el anteproyecto de Ley".

Por todo ello, el Pleno del Departamento ha acordado solicitar que se retire del Anteproyecto  toda modificación de la LOTT y se proceda, "por parte del Ministerio de Fomento con la participación del Sector a través de este Departamento de Viajeros, al estudio de las modificaciones que deban ser introducidas en la misma para adaptarla a otras disposiciones europeas de inminente exigibilidad en España y para recoger las necesarias flexibilizaciones de algunos puntos".