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Asintra presenta un informe con una batería de medidas que considera necesarias para salir de la crisis (II)

La propuesta nace del análisis del Plan Sectorial del Transporte por Carretera del Ministerio de Fomento

miércoles 03 de junio de 2009, 01:00h

Continuando con la noticia que publicábamos ayer, completamos el contenido del informe elaborado por Asintra sobre el Plan Sectorial del Transporte por Carretera del Ministerio de Fomento. Turno para las medidas que atañen a Fomento y a las CC.AA, y propuestas ante las instituciones comunitarias.

- Habida cuenta la imposibilidad de planificar un mapa concesional debidamente coordinado, que permita la interconexión de todos los servicios, resulta absolutamente necesario y primordial el fomento de una política de transportes que posibilite, mediante las modificaciones concesionales que sean necesarias (prolongaciones, modificación de expediciones y horarios, solapes, etc.) la instauración de esta interconexión de líneas regulares, de modo que las empresas puedan funcionar en red (independientemente de si la explotación corresponde o no a la misma empresa concesionaria), lo que además de ser provechoso para la decreciente rentabilidad económica general de las empresas, ha de redundar en beneficio de los ciudadanos, que ostentan el derecho a que esta red concesional se optimice y pueda explotarse de forma cohesionada y conexionada o en red.

- Impulso, desde el Ministerio de Fomento, de una política uniforme Estado-CC.AA. en torno a los criterios que deben regir en los procesos concursales (pliegos de bases), tanto de servicios regulares permanentes de uso general, como de uso especial.

Medidas a promover ante las instituciones comunitarias

- Inicio de una posición de liderato ante las instituciones comunitarias, dentro del desarrollo de la política común de transportes, lo que no solo obliga a oponerse y proponer alternativas frente a las iniciativas de la Comisión en todo aquello que perjudique a nuestro sector, sino a la realización y presentación de proyectos normativos que se ajusten a nuestros intereses nacionales, buscando en torno a estas propuestas las pertinentes alianzas cerca de las autoridades competentes de otros Estados comunitarios, así como situar al sector en el lugar que le corresponde en las instituciones comunitarias.

- Paralización, y subsidiariamente mejora, del texto del proyecto de Reglamento UE relativo a los derechos de los usuarios, que se encuentra en avanzado estado de tramitación, y que supondrá nuevos e importantes costes que de su cumplimiento se derivan y que afecta principalmente a nuestro mercado y al de Reino Unido.

- Redacción por el Ministerio de Fomento de un proyecto de Reglamento a presentar y tramitar ante las instituciones comunitarias, por el que se obligue a que todos los Estados que componen la Unión no puedan negar la puesta en práctica, de acuerdo con su respectiva normativa interna y lo previsto en el Reglamento UE 1370/2007, de servicios regulares de transporte de viajeros por carretera. Con ello se lograría que, así como todas las empresas domiciliadas dentro del ámbito territorial de la UE pueden competir en los concursos que se licitan en España para la adjudicación de esta clase de servicios públicos, exista la debida reciprocidad y nuestras empresas nacionales puedan también competir en el resto de los Estados comunitarios (posibilidad inexistente en la actualidad).

- Redacción por el Ministerio de Fomento de un proyecto de Directiva a presentar y tramitar ante las instituciones comunitarias, que modifique los artículos 5 y 7 de la Directiva 96/2003, por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad, posibilitando que los Estados puedan aplicar tipos impositivos diferenciados con relación a los productos energéticos que consumen los vehículos dedicados al transporte público colectivo de personas, sin sujeción a ningún marco comunitario impositivo de mínimos o bien incluir el transporte en autobús y autocar dentro de las excepciones contempladas en el artículo 15.
- Iniciación de toda clase de actuaciones ante las instituciones comunitarias conducentes a la equiparación entre “conductores autónomos” y “conductores asalariados”, a los efectos de la normativa comunitaria sobre tiempos de conducción y periodos de descanso (Reglamento UE 561/2006), lo que implica la reforma de la Directiva 15/2002, derogándose así la situación de deterioro de la competencia entre “empresas autónomas” y “no autónomas”.

Otras medidas

- Creación de un marco legislativo de financiación del transporte urbano, que asegure a autoridades municipales, operadores y usuarios los medios necesarios para prestar un servicio que en muchas ocasiones transciende del interés puramente local, incentivando a aquellas corporaciones locales que apliquen una mayor cobertura tarifaria, en relación con los costes reales.

- Elaboración de un protocolo de contratación de los servicios de transporte urbano, que establezca los criterios para la elaboración de los pliegos de los concursos de esta clase de servicios, con el fin de garantizar la prestación del servicio en las mejores condiciones de calidad y a un coste razonable.

- El transporte en autobús es el modo más flexible, accesible y universal, que garantiza el derecho a la movilidad consagrado en nuestra Constitución. Por eso, para potenciar su uso se propone el establecimiento del IVA superreducido (4%).

- Introducir políticas públicas de mejora de la imagen de los transportes colectivos, introduciendo campañas de marketing y comunicación que promuevan la movilidad sostenible y un mayor uso del transporte público.