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RESOLUCIÓN DE LA CNC

Fenadismer califica de ‘insuficientes’ y ‘no ejemplarizantes’ las multas a BP, Cepsa y Repsol por fijación de precios

Por su parte, Repsol expresó su ‘indignación’ por una sanción que calificó de ‘error grave’ y que recurrirá

martes 08 de septiembre de 2009, 01:00h

En octubre del año pasado Fenadismer se personó ante la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) para presentar una demanda contra las petroleras BP, Cepsa y Repsol, "por prácticas restrictivas de la competencia prohibidas en el artículo 1 de la vigente Ley de Defensa de la Competencia y el Tratado de la UE".  Como resultado, el Consejo de la CNC ha resuelto sanciones para las tres petroleras.

Las multas impuestas ascienden a cinco millones de euros en el caso de Repsol, 1,8 millones en el de Cepsa y 1,1 millones de euros para BP, "por quedar probado que en sus relaciones con las redes de estaciones de servicio con las que operan llevan a cabo prácticas comerciales que equivalen a fijarles indirectamente los precios de venta al público". Dichas prácticas de ‘precios fijos’, a juicio de la CNC, eliminan "la libertad del distribuidor minorista para fijar el precio de venta al público del carburante en su estación de servicio".

Para Fenadismer, la Comisión ha puesto de relieve en su resolución "que la forma en que los operadores petrolíferos fijan el precio al que las estaciones de servicio les compran el combustible y la forma en la que establecen las comisiones que éstos perciben como contraprestación de sus servicios, junto con los factores de su relación comercial, elimina los incentivos de las estaciones de servicio para realizar descuentos y, por tanto, competir vía precios".

Producto de este control de precios se evitaría la competencia no sólo entre las estaciones de servicio de cada red, sino también entre estaciones de servicio de redes distintas, "dado que los precios máximos y recomendados comunicados por las tres operadoras (y seguidos por las estaciones de servicio ante la imposibilidad de realizar descuentos) se basan contractualmente en los precios del área de influencia y, por tanto, son los mismos". Es decir, "se trata de una práctica vertical de fijación indirecta de precios que tiene como efecto también una fijación horizontal de precios y, por tanto, una ausencia de competencia entre las estaciones de servicio de las tres operadoras (competencia intermarca)".

Reacciones

Pese a que la resolución de la CNC  da la razón a Fenadismer, ésta considera que las sanciones impuestas a las tres petroleras "son absolutamente insuficientes y no ejemplarizantes para disuadirlas a continuar en dichas prácticas". "Las multas impuestas son irrelevantes para las citadas petroleras, teniendo en cuenta su volumen de facturación anual", ha explicado la federación de transportistas.

Asimismo, Fenadismer ha solicitado formalmente a la CNC vías para que los usuarios perjudicados puedan exigir las indemnizaciones "por los daños y perjuicios causados por las conductas ilícitas llevadas a cabo por Repsol, Cepsa y BP en los últimos años".

Por su parte, tras conocer la decisión, Repsol mostró su "indignación" por una sanción que calificó de "error grave". La petrolera asegura que no ha cometido ninguna infracción y que su conducta es "conforme a las leyes y normas españolas y europeas", por lo que recurrirá la multa ante los tribunales y se reserva el derecho a exigir la reparación de los daños o perjuicios que le pueda causar.

En cuanto a Cepsa, señaló que no está conforme con la sanción y aseguró que opera bajo la legalidad comunitaria y que hará valer sus derechos ante los tribunales.

Informe

De forma paralela a la sanción, Competencia anunció que ha remitido un informe al Gobierno en el que se analizan las "disfunciones" del mercado de carburantes de automoción y, en particular, el "elevado" grado de integración vertical y de concentración de sus distintas actividades. El informé, que se hará público este mes, contendrá recomendaciones para evitar estos problemas.