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El BOE publica la Orden que modifica el procedimiento y los plazos para la devolución del gasóleo profesional

martes 05 de octubre de 2010, 01:00h

El BOE del pasado 29 de septiembre publicó la Orden EHA/2515/2010, de 24 de septiembre, por la que se modifica la Orden EHA/3929/2006, de 21 de diciembre, por la que se establece el procedimiento para la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos y de las cuotas correspondientes a la aplicación del tipo autonómico del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos por consumo de gasóleo profesional, se aprueba determinado Código de Actividad y del Establecimiento, y se actualiza la referencia a un código de la nomenclatura combinada contenida en la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.

Asintra informa que mediante esta Orden se modifica el plazo de que disponen las empresas que tienen derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos y de las cuotas correspondientes a la aplicación del tipo autonómico del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos por consumo de gasóleo profesional, para la presentación de la declaración resumen anual de los kilómetros recorridos, debiéndose realizar, en vez de en los 20 días siguientes a la finalización del año, dentro del primer trimestre del año siguiente a la finalización del año natural.