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El Tribunal Supremo desestima anular de forma cautelar la reducción de los límites de velocidad

lunes 14 de marzo de 2011, 01:00h

El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado la petición de la asociación DVuelta y la plataforma Movimiento 140 de suspender como medida cautelar la bajada del límite de velocidad a 110 km/h en tanto se resuelve el recurso presentado contra esta medida, según un comunicado de la agencia Efe.

El auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS señala que no hay razones de especial urgencia que lleven a decidir sobre la medida cautelar solicitada sin oír a la Administración del Estado, a la que da un plazo de cinco días para que efectúe las pertinentes alegaciones. Los demandantes argumentan en su recurso contra la rebaja del límite genérico de velocidad que "el ahorro energético no puede constituir la causa de reducción de los límites de velocidad a tenor de la Ley de Seguridad Vial, puesto que tal particularidad no aparece recogida en ninguno de los artículos que contiene".