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Asturias fija las condiciones de prórroga para las concesiones de transporte público hasta el año 2012

Se debe conseguir un mínimo de 40 puntos en las categorías señaladas y en todas las concesiones ostentadas

jueves 24 de enero de 2008, 01:00h

El Boletín Oficial del Principado de Asturias recoge, en su edición del 19 de enero, el Decreto 1/2008, de 15 de enero, por el que se establecen las condiciones de prórroga de las concesiones de transporte público regular de uso general y permanente de viajeros, que podrían estar vigentes hasta el año 2012.

Las personas titulares de estas concesiones, competencia del Principado de Asturias, podrán prorrogar sus concesiones hasta el 31 de diciembre de 2012, lo que deberán solicitar de forma expresa en el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor del presente Decreto (hasta mediados de febrero), y expresar la conformidad de la persona titular de la concesión con todas las previsiones contenidas en el mismo, según indica Asintra en la última edición de su Semanal Digital.

Puntuaciones

Se deberá documentar el compromiso de la empresa concesionaria de alcanzar una puntuación mínima de un punto en cada uno de los siguientes apartados y 40 en el total, de conformidad con el siguiente baremo:
a) Reducción de la antigüedad de la flota, hasta 8 años, 30 puntos; superior a ocho y hasta 12 años, 20 puntos; y superior a 12 y hasta 16 años, 10 puntos.
b) Accesibilidad de la flota. Se concederán los siguientes puntos a las empresas que se comprometan a ofrecer, en el momento de aprobación de la prórroga y a mantener durante toda su vigencia, accesibilidad para personas que viajen en su propia silla de ruedas, así como los medios necesarios para el acceso al vehículo del viajero en la silla, información sonora y en texto en el interior de los vehículos, cuando sea necesario informar a los viajeros, y reserva de espacio gratuito para los utensilios, ayudas, aparatos o mecanismos que constituyan una ayuda técnica de las personas con discapacidad, en el 10 % de los vehículos adscritos, 10 puntos; el 5% de los vehículos adscritos, 5 puntos; alguno de los vehículos adscritos sin llegar al 5%, 1 punto por vehículo con un máximo de 4 puntos.
c) Utilización de biocombustibles. Más de un 20% de biocombustibles sobre el total anual consumido por los vehículos adscritos a la totalidad de sus concesiones, 30 puntos, más de un 10%, 20 puntos; y más de un 5%, 5 puntos.
d) Mejora de expediciones y de su calidad.- Se concederán hasta 20 puntos a las empresas que se comprometan a aumentar el número o mejorar las condiciones de explotación de las expediciones ofertadas el día de entrada en vigor del presente Decreto, en todas o alguna de sus concesiones, a partir de la fecha de aprobación de la prórroga solicitada.
e) Conservación de expediciones.- Se valorará con 10 puntos a aquellas empresas que garanticen la conservación de la totalidad de las expediciones y de sus condiciones de prestación, de conformidad con las que estuvieran aplicándose a la entrada en vigor del presente Decreto.