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Sin acuerdo en el transporte urbano de Barcelona, lo que podría derivar en nuevas movilizaciones

Los conductores y TMB no consiguen acercar posturas sobre la jornada laboral tras la reciente normativa

viernes 25 de enero de 2008, 01:00h

La cuarta reunión mantenida el pasado miércoles entre la dirección de Transportes Metropolitanos de Barcelona (TMB) y la comisión delegada del comité de empresa de Autobuses ha acabado de nuevo sin acuerdo, por lo que no se descarta la convocatoria de nuevos paros en el servicio.

Desde la CGT, sindicato con representación mayoritaria en el apartado de Autobuses de TMB, manifiestan tras este nuevo desencuentro que, aunque la negociación se da por "cerrada", continuarán asistiendo a próximas reuniones, aunque sobre la mesa se encuentran planes para la convocatoria de nuevas movilizaciones. Una asamblea prevista para febrero podría concretar este extremo.

El Real Decreto 902/2007 establece la obligación de que los conductores hagan un descanso de 30 minutos en jornadas de más de seis horas de conducción, aunque TMB difiere de la definición del concepto "tiempo de presencia" pactada en el convenio colectivo de Autobuses, y que obliga a la empresa a controlar el tiempo de trabajo total diario del conductor, según un comunicado de la compañía hecho público el mismo miércoles.

Discrepancias en el tiempo de presencia

En TMB, según el convenio de Autobuses, el "tiempo de presencia" incluye el tiempo de conducción desde la cochera a la parada de inicio/final del recorrido (y a la inversa), el tiempo de toma de servicio (preparación) en la cochera, y el tiempo de regulación y de espera en los terminales de inicio y final, con la misma remuneración que la jornada ordinaria. Sin embargo, el Real Decreto indica que el tiempo de conducción entre la cochera y el terminal no tendría de ser considerado "tiempo de presencia", siempre según la interpretación de TMB.

Según el comunicado, "la dirección ha expresado la voluntad de aplicar el decreto de manera que no altere el cómputo anual de la jornada ni afecte la remuneración garantizada por el convenio a los conductores. La representación sindical, por su lado, ha defendido que todo el tiempo de presencia se tiene que eliminar y convertirlo en días de fiesta remunerados, con el incremento del salario/hora, sin precisar la base legal en la que se sustenta esta reclamación. La discusión de este punto y del resto del contenido del decreto que puede ser aplicable en el transporte urbano de viajeros continuará en próximas reuniones".