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PROCESO NORMATIVO

Fenebus mantiene su defensa de la exclusión de transporte en el anteproyecto de atención al cliente

La Federación ha presentado sus alegaciones al respecto ante el Consejo Económico y SOcial (CES)

jueves 26 de mayo de 2011, 01:00h

El pasado día 26 de abril entró en el CES (Consejo Económico y Social) la solicitud de dictamen sobre el anteproyecto de ley para regular los servicios de atención al cliente destinados a los consumidores y usuarios, ocasión aprovechada por Fenebus, a través de CEOE, para presentar sus observaciones.

El escrito elevado por la Federación sobre el anteproyecto defiende la no aplicación de esta disposición al Sector del transporte de viajeros por carretera, como indica Fenebus. Una defensa que no es fácil, dado que el ámbito de aplicación de la ley, según el artículo 2º, trata de extenderse a los "sectores de servicios de suministro de agua, gas y electricidad, servicios de transporte de viajeros, medios audiovisuales de acceso condicional y servicios de comunicación electrónicos".

Los argumentos de Fenebus son que, como el espíritu de la norma recoge, debe aplicarse la legislación específica en la materia. Y en este sentido, defiende que la normativa sobre atención al cliente en el Sector del transporte de viajeros por carretera es abundante y rica en contenidos, que van desde los sistemas legales de formulación de quejas y reclamaciones por parte de los clientes y usuarios de los servicios, los libros de reclamaciones expuestos en empresas y vehículos o las juntas arbitrales del transporte –que han adquirido gran protagonismo tras las últimas reformas de la LOTT—, hasta el recientemente aprobado Reglamento europeo de los derechos de los pasajeros, que es de aplicación directa y garantiza la mayor y mejor atención a los clientes, tanto sobre sus derechos como sobre sus obligaciones, apuntan fuentes de la Federación.

Por otra parte, también considera que el Sector debería estar excluido de la disposición al igual que quedó fuera de la Directiva europea de servicios, que fue transpuesta en la denominada Ley Ómnibus y que sólo afecta al transporte por carretera en algunos artículos concretos, que supusieron la modificación de la LOTT.

Excluidos

En todo caso, desde la Federación recuerdan que quedarán excluidos de la aplicación de la nueva ley de atención al cliente las empresas que ocupen a menos de 250 trabajadores y que tengan un volumen de negocio inferior a 50 millones de euros de facturación.

El director de la federación, José Luis Pertierra, asistió como asesor del Grupo 2 con los representantes de CEOE y Cepyme a los debates de esta norma, que se celebraron los días 13, 18 y 23 de mayo.