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ACERCAMIENTO SECTORIAL

La Comisión Europea plantea la posibilidad de eliminar el gasóleo profesional a partir del año 2013

Además, el Comité Nacional ha alcanzado un principio de acuerdo con los cargadores tras el pasado 19-A

jueves 28 de julio de 2011, 01:00h

La Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) considera inaceptable la propuesta de Directiva de la Comisión Europea que contempla la eliminación, a partir del 1 de enero de 2013, del gasóleo profesional para las empresas de transporte tanto de mercancías como de viajeros.

"Consideramos que es una medida tremendamente discriminatoria fruto de la obsesión que existe en Europa por reequilibrar artificialmente el actual reparto entre los distintos modos de transporte, como demuestra el hecho de que el transporte por ferrocarril sí se encuentre entre los sectores que pueden resultar exceptuados de esta propuesta", indican desde la Confederación.

Además, "se trata de una medida inflacionista que afectará especialmente a España, al tratarse de un país periférico, reduciendo la competitividad de nuestros productos frente a los de otros países. En consecuencia, además del transporte por carretera, se verán muy perjudicados por esta propuesta otros sectores como los de la construcción, industria, automoción, agricultura, textil, etc".

Por todo ello, la CETM "reclama a las instituciones españolas y europeas un trato más justo para un Sector que se esfuerza en aportar un servicio flexible, seguro y puntual, que al precio más competitivo, transporta el 85% de los productos que consumimos cada día, lo que le posiciona como una pieza clave para el desarrollo económico y social de España, algo que las erróneas políticas de transporte están omitiendo en estos momentos".

Acuerdo con cargadores

Por otro lado, el pasado martes tuvo lugar la primera reunión entre el Comité Nacional y las principales organizaciones de cargadores: Aecoc, Aeutransmer y Transprime, con el objetivo de desarrollar los cambios normativos recogidos en los acuerdos del pasado 19 de abril que una vez acordados serán elevados al Ministerio de Fomento, según la CETM.

Se alcanzó un importante principio de acuerdo en los siguientes puntos:
- Establecer sanciones administrativas por incumplimiento de la aplicación de la cláusula de revisión de precios de transporte en función de la evolución del precio del gasóleo, conforme a lo establecido en el artículo 38 de la ley 15/2009 del Contrato de Transporte.
- Implantar, al igual que ya existe en la legislación de otros países de nuestro entorno como Francia y en la Ley de Ordenación del Comercio Minorista, sanciones administrativas para aquellos que incumplen los plazos de pago marcados en la legislación vigente (Leyes de Morosidad y Contrato de Transportes).