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Hacienda no equiparará el tratamiento de las dietas de los conductores de viajeros a las de mercancías

jueves 21 de junio de 2012, 01:00h

La Dirección General de Tributos del Ministerio de Hacienda ha remitido a Fenebús un escrito en el que deniega la equiparación del tratamiento fiscal que reciben las dietas de los conductores del transporte de viajeros con las de mercancías.

Fenebús recuerda que envió un escrito el 2 de agosto de 2011 a la Dirección General de Transporte Terrestre solicitando esta equiparación, ya que la exención de justificar las dietas para el transporte de mercancías —hasta una determinada cantidad— fue alcanzada durante los acuerdos de 2008 entre el Departamento de Mercancías del Comité Nacional del Transporte por Carretera y la Administración General del Estado.

No obstante, Tributos ha considerado que, aunque los acuerdos con el Departamento de Viajeros del CNTC se celebraron de forma paralela, no se incluyó ninguna medida referente al tratamiento en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de la dieta por pernocta en la actividad del sector del transporte de viajeros por carretera.