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Entra en vigor la Ley de Transporte de Personas por Cable que garantiza seguridad y respeto al medio ambiente

miércoles 02 de enero de 2013, 01:00h
Trasporte de personas por cable.
Trasporte de personas por cable.

La Ley de Cantabria de Transporte de Personas por Cable ha entrado oficialmente en vigor el sábado 29 de diciembre, una vez ha sido publicada en una edición extraordinaria del BOC. Entre sus objetivos está garantizar el más alto nivel de seguridad de las instalaciones de transporte por cable y hacer compatible su construcción y explotación con el respeto al medio ambiente.

La Ley, que fue aprobada el pasado 21 de diciembre por el Parlamento regional, tiene por objeto regular el proyecto, construcción, puesta en servicio y explotación de las instalaciones de transporte de personas por cable que discurran íntegramente por el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ha informado Europa Press. En su ámbito de aplicación se incluyen los funiculares, cuyos vehículos se desplazan sobre ruedas u otros dispositivos de sustentación a través de un camino fijo de rodadura mediante tracción de uno o más cables; los teleféricos, cuyos vehículos son desplazados o movidos en suspensión por uno o más cables, incluidos las telecabinas y los telesillas; y también los telesquís que, por medio de un cable, arrastran a los usuarios sobre una superficie.

En su preámbulo la Ley destaca que el transporte por cable ha tenido tradicionalmente en Cantabria una gran relevancia debido a la estación de esquí de Alto Campoo y, sobre todo, al teleférico de Fuente Dé, una singular obra de ingeniería, que salva un desnivel de 750 metros sin apoyos intermedios en los Picos de Europa. Según señala el texto, consultado por Europa Press, estas instalaciones son utilizadas por un número creciente de personas y constituyen elementos "fundamentales" de las zonas donde están enclavadas.

Hasta ahora, el transporte por cable se ha venido rigiendo por una Ley de 1987, de Ordenación de los Transportes Terrestres y, fundamentalmente, por la de Concesión de Teleféricos que data del año 1964. Esta norma ha demostrado su utilidad a lo largo de un dilatado periodo de tiempo. Sin embargo, las innovaciones tecnológicas y la conveniencia de dar un nuevo impulso a estas instalaciones con objeto de favorecer este modo de transporte y a la vez contribuir al desarrollo socio-económico, aconsejan agilizar el procedimiento y dar un tratamiento diferenciado según que tengan la condición de servicio público o que no la posean, señala el preámbulo de la nueva ley.