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Reunión de la Comisión de Aduanas de FETEIA-OLTRA para revisar la devolución del IVA a la importación

miércoles 02 de octubre de 2013, 01:00h
Reunión de la Comisión de Aduanas de FETEIA-OLTRA para revisar la devolución del IVA a la importación

El pasado jueves 26 de septiembre, se reunió en las instalaciones de ATEIA-OLTRA Valencia la Comisión de Aduanas de FETEIA-OLTRA bajo la Presidencia de D. Juan Caro y los representantes de las Asociaciones de Barcelona, Bilbao, Cádiz, Campo de Gibraltar, Girona, Gipuzkoa, Madrid y Valencia, para analizar como tema único los efectos del procedimiento existente sobre la devolución del IVA a la importación.

Debido al desamparo legal que el actual procedimiento del reembolso del IVA a la importación ha dejado a las empresas Transitarias como “Representantes Aduaneros” y de las reiteradas resoluciones de las Aduanas denegando la recuperación del IVA en las importaciones de mercancías, impuesto satisfecho y anticipado a la Agencia Tributaria por las mismas en representación de sus clientes los importadores, que sin pagar estos el referido IVA se benefician y deducen directamente, la Comisión de Aduanas de FETEIA-OLTRA ha acordado por unanimidad la realización de una petición.

Ante la declaración del Departamento de Aduanas e II.EE de no tener competencias para modificar el sistema referido, solicitan a la Dirección General de Tributos, Partidos Políticos y demás Instituciones de la Administración la necesidad de modificar la normativa existente sobre la recuperación del IVA a la importación para los Representantes Aduaneros, por no resultar adecuada a las circunstancias y necesidades económicas del momento, y principalmente para dejar sin efecto la presión financiera y obligación de pago de un impuesto que no corresponde a los Transitarios, subsanando con ello las carencias y deficiencias que con el tiempo se han generado en el referido procedimiento.

Como alternativa al obsoleto e ineficaz procedimiento actual, los Transitarios solicitarán que los importadores puedan directamente presentar la autoliquidación del IVA de sus importaciones como en muchos países de la UE, en base a las previsiones de la Directiva 2006/112 relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, consistente en poder efectuar la autoliquidación del IVA en las importaciones del mismo modo que en el comercio intracomunitario.