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NORMATIVA

Las 44 toneladas se prorrogan un año más en Cataluña, mientras el Gobierno ultima su orden ministerial

La Generalitat reconoce que, por el momento, la mayor parte de los transportistas no se han acogido a dicha medida

miércoles 09 de octubre de 2013, 01:00h

En el Diario Oficial de Generalitat de Cataluña del pasado 30 de Septiembre publicó la Resolución del Servicio Catalán de Tráfico por la que se prorroga hasta el 30 de Septiembre de 2014 la autorización "con carácter experimental" de la circulación de camiones de cinco o más ejes con 44 toneladas de masa máxima por las carreteras catalanas.

Las 44 toneladas se prorrogan un año más en Cataluña, mientras el Gobierno ultima su orden ministerial

Fenadismer confirma que la propia Resolución de prórroga señala en su exposición de motivos que los nueve meses en que ha estado vigente la medida, no ha tenido "una adhesión significativa del conjunto del parque móvil" susceptible de acogerse a la misma, lo que no ha permitido al Gobierno autonómico "extraer conclusiones suficientes" sobre el impacto de dicha medida.

En este sentido, y siempre según la Federación, cabe recordar el rechazo unánime a esta medida por parte de las organizaciones de transportistas, lo que motivó la interposición de un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña el pasado mes de Febrero, que en la actualidad se encuentra pendiente de resolución. Entre los fundamentos que motivaron la presentación del recurso cabe citar los referidos a la falta de competencia de la Generalitat de Cataluña al legislar sobre una materia que corresponde en exclusiva al Estado, así como la vulneración del Derecho comunitario que regula los pesos y dimensiones de los vehículos de transporte. Esta medida de regulación del tráfico no incluye la circulación de vehículos en régimen de transporte ADR.

Requisitos

Guitrans, por su parte, recuerda que los requisitos iniciales que se solicitaban para la prueba experimental indicaban que la empresa se debía dar de alta al Servicio Catalán de Trànsit e inscribir los vehículos, que necesariamente debían cumplir las siguientes especificaciones: Euro 4 ó superior, y con suspensión neumática en el conjunto; el eje motriz no debe superar las 11,5 toneladas, pese a ser admisible en los ejes agrupados (triaxial) un máximo de 9,5 toneladas por eje, si es el caso.  En la ficha técnica debe constar que la MMA es de 44 Tn.

Todos los vehículos que circulen al amparo de esta Resolución tendrán que incorporar, para su inmediata localización, la señal V-12 al lado de su matrícula anterior y posterior; el cargador deberá comunicar por Internet al Servicio Catalán de Trànsit el recorrido que hará el vehículo que circulará con 44 Tn y entregar una copia al transportista (si no se hace esta comunicación el Servicio Catalán de Trànsit, puede excluir al vehículo de la prueba); el recorrido debe tener origen y destino en el interior de Catalunya; el recorrido no debe superar los 150 km desde el origen, excepto si el origen o el destino es una terminal multimodal (puerto, terminal ferroviaria...), en cuyo caso no habrá límite de kilometraje, pero no se podrá salir de Catalunya; y la comunicación del trayecto es obligatoria con carácter previo para poder circular, aunque sea de forma estimada, entre otros aspectos.

Mientras tanto, el Gobierno está cerca de aprobar una Orden Ministerial en la que se recoge el permiso para circular con 44 toneladas y con camiones de 25,25 metros, aunque el frontal rechazo del Sector podría demorar la entrada en vigor de dicha norma.